Evite una sanción y actualice su reporte ante el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) Ha sido salvado
Análisis
Evite una sanción y actualice su reporte ante el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD)
Realice la actualización del registro antes del 31 de marzo de 2025
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y el Decreto 090 de 2018 exponen que todas las sociedades comerciales y entidades sin ánimo de lucro con activos superiores a 100.000 UVT, así como las personas jurídicas de naturaleza pública que en sus actividades realicen tratamiento de datos personales, deberán registrar ante el RNBD todas las bases donde almacenan datos personales, antes del 31 de marzo del año en curso.
Tenga en cuenta que la SIC también establece que las compañías obligadas deben presentar semestralmente los reclamos de los Titulares de los datos personales; y que esta entidad tiene la facultad de imponer multas y/o sanciones a las sociedades que incumplan la normatividad.
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