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Análisis
Legal Corporativo
Boletín semanal | 4 de julio, 2018
Consejo de Estado
Criterios para definir la conexión competitiva entre dos marcas
La Sección Primera del Consejo de Estado estableció los seis criterios y factores de análisis para definir la conexión competitiva entre dos marcas:
a) Inclusión de los productos en una misma clase del nomenclátor.
b) Canales de comercialización.
c) Medios de publicidad.
d) La relación o vinculación entre productos.
e) El uso complementario o conjunto de productos.
f) El género de los mismos.
De esta manera, el Consejo de Estado se acogió a la interpretación prejudicial que anteriormente había hecho el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.
Sentencia
11001-03-24-000-2009-00417-00
8 de marzo de 2018
Superintendencia de Industria y Comercio
Caducidad de los datos negativos conforme a la Ley 1266 de 2008
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) indicó que los datos negativos permanecerán en las centrales de riesgo y en otros bancos de datos por el tiempo que cada caso concreto lo amerite.
La SIC precisó lo siguiente:
a) Si se trata de una mora inferior a dos años, el dato negativo no podrá exceder de doble de la mora.
b) Si la mora es mayor de dos años, la permanencia será de cuatro años contados a partir de la fecha en que se extingue la obligación por cualquier modo, incluida la prescripción extraordinaria de diez años a partir de que es exigible la obligación, más cuatro años adicionales.
Superintendencia de Industria y Comercio
180117301
21 de mayo de 2018
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