Impuestos indirectos y comercio exterior Ha sido salvado
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Impuestos indirectos y comercio exterior
Boletín semanal | 4 de julio, 2024
El pasado viernes 28 de junio, la DIAN expidió la Resolución nro. 00103 a través de la cual amplía los términos para presentar la información exógena cambiaria correspondiente al IV trimestre de 2023 y I, II, III trimestre de 2024.
De conformidad con esta resolución, los Titulares de Cuentas de Compensación, los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) y los concesionarios de servicios de correo que presten servicios financieros de correos, deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones:
- La información Exógena Cambiaria correspondiente al IV trimestre de 2023, I y II trimestre de 2024 no debe presentarse en el mes de julio del presente año.
- Los plazos para presentar la información Exógena Cambiaria de dichos trimestres y del III trimestre de 2024 serán determinados en una resolución que expedirá la DIAN, en la cual adicionalmente señalará las características técnicas para la transmisión.
- Aunado a lo anterior, una vez sea expedida dicha resolución, los obligados a presentar la Exógena Cambiaria, tendrán 6 meses adicionales para adaptar sus sistemas y reportar la información de los periodos pendientes: IV de 2023, I, II y III de 2024.
La Resolución 00103 regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial y modifica el artículo 4 de la Resolución 161 de 2021.
Por su parte, se espera que en los próximos días la DIAN expida una nueva norma que modificará el contenido de algunos de los formatos de la Exógena Cambiaria, por lo que será muy importante que los obligados a emitir este reporte se encuentren atentos a los próximos cambios en esta materia.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN. Resolución 00103 del 28 de junio de 2024.
Hasta septiembre podrá renovarse la inscripción de establecimientos en el Sistema de Información Sanitaria para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios – SISPAP.
El Invima y el ICA publicaron un comunicado de prensa a través del cual informan que, hasta el 30 de septiembre del presente año se extenderá el proceso de renovación de la inscripción de los establecimientos en el Sistema de Información Sanitaria para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios – SISPAP que actualmente tienen ante el ICA. Por su parte, los establecimientos que no cuenten con dicha inscripción o requieran modificar la información, podrán adelantar el trámite ante el ICA hasta la misma fecha.
La medida se toma con el fin de garantizar una transición organizada en el marco del proceso de implementación de las disposiciones del Capítulo V del Decreto 2478 de 2018, relacionadas con la habilitación de fábricas interesadas en exportar a Colombia alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal.
Así mismo, se informa que, a través de las autoridades sanitarias de los países interesados, se comunicará oportunamente cómo se llevará a cabo el proceso de transición de las fábricas inscritas ante el ICA para el traslado hacia el Invima, incluyendo la documentación y los procedimientos requeridos.
Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Y Alimentos – INVIMA e Instituto Colombiano Agropecuario – ICA.
Comunicado de prensa del 26 de junio de 2024.
Claudia Garzon
Socia de Impuestos Indirectos y Comercio Exterior
clgarzon@deloitte.com
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