Análisis

Aspectos relevantes que debe conocer para presentar la declaración de renta como persona natural en 2023

El plazo para declarar el impuesto inicia el 9 de agosto y culmina el 19 de octubre de 2023. En caso de que la declaración se presente fuera del plazo establecido, deberá darse aplicación a lo dispuesto por la ley, según la cual, la sanción de extemporaneidad corresponderá al 5 % del impuesto a cargo, por cada mes o fracción de mes.

Las obligaciones tributarias de las personas naturales en Colombia incluyen la declaración de renta, un trámite en el que se reportan los ingresos y el patrimonio de toda persona que realiza una actividad económica durante un año fiscal, ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

De ahí que sea de suma importancia cumplir con esta obligación tributaria, teniendo en cuenta la condición de residencia fiscal de cada persona natural, la cual debe contar con los soportes de los conceptos y montos que se incluyan en la declaración en términos de patrimonio, deudas, ingresos, costos, deducciones, retenciones y beneficios tributarios que otorga la ley, entre otros aspectos.

Esto es especialmente relevante, pues, de acuerdo con la normativa vigente, la presentación extemporánea o con errores de las declaraciones de renta se encuentra sujeta a sanciones pecuniarias para los contribuyentes que incurran en las mismas, así como al eventual pago de intereses moratorios.

En términos generales, la sanción de extemporaneidad corresponderá al 5 % del impuesto a cargo, por cada mes o fracción de mes de retraso, mientras que la sanción por presentar una declaración con errores corresponderá al 10 % del mayor valor a pagar o del menor saldo a favor que se genere entre la primera declaración presentada y la corregida.

La legislación fiscal vigente también establece beneficios tributarios como la posibilidad de tomar un 25 % como renta exenta laboral, también la deducción por dependientes económicos, por pagos realizados a medicina prepagada, por aportes realizados a cuentas de ahorro para el fomento de la construcción, por aportes obligatorios y voluntarios a fondos de pensión, intereses pagados por concepto de crédito hipotecario sobre la vivienda del contribuyente, el 50 % del Gravamen a los Movimientos Financieros y el componente inflacionario por los rendimientos financieros, entre otros.

Es importante tener presente que las declaraciones de renta que se presentarán este año no estarán sujetas a los cambios introducidos por la reciente Reforma Tributaria (Ley 2277 de 2022), pues esta última tendrá aplicación para aquellas obligaciones del año fiscal 2023, las cuales se presentarán en 2024.

Para conocer más sobre cómo realizar una correcta declaración de renta, le invitamos a acceder al banner en el cual podrá consultar todas las sugerencias que Carolina Acuña, Socia de Impuestos de Deloitte Colombia, ofreció en la reciente opinión compartida al diario La República.
 

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