Junta Única de Resolución

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El Mecanismo Único de Resolución

Objetivo: una resolución ordenada

Con la llegada de 2016, el Mecanismo Único de Resolución comienza su andadura con competencias adicionales sobre cerca de 150 entidades bancarias con operaciones en la eurozona.

Así, se da un paso más en la construcción de uno de los pilares básicos de la regulación en la Unión Bancaria. El objetivo es garantizar la resolución ordenada de los bancos con dificultades, de manera que su liquidación tenga el menor impacto económico posible y puedan prevenirse crisis sistémicas.

Con la meta de simplificar los posibles procesos de resolución, el Mecanismo Único de Resolución evaluará los planes de recuperación y resolución de las entidades y tendrá la capacidad de exigir modificaciones sustanciales que afecten no sólo a las estructuras y procesos organizativos, sino también a los modelos de negocio.

Para facilitar la adaptación de las entidades a estos nuevos requerimientos, Deloitte, a través de su Centro de Regulación Estratégica, ha elaborado esta publicación en la que analiza las prioridades del Mecanismo Único de Resolución y ofrece recomendaciones prácticas para que las entidades tomen sus propias decisiones en cuanto a las medidas que deben adoptar.

Los principales bancos de la eurozona llevan ya varios años trabajando intensamente en planificar su resolución, por lo que muchos conceptos que ahora se incorporan no les resultan novedosos. No obstante, el enfoque que adapte este mecanismo determinará la manera de completar el trabajo. La planificación de la resolución se extiende a un número mayor de entidades y es a ellas a quienes principalmente dirigimos este informe.

El Mecanismo Único de Resolución. Objetivo, una resolución ordenada
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