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Gobierno presenta nuevo proyecto de Impuesto de Renta Global Dual

5 de febrero de 2021

Tax Flash

El 5 de febrero de 2021, el Poder Ejecutivo presentó un nuevo proyecto denominado “Ley del Impuesto sobre la renta global dual”, el cual se tramitará bajo el expediente legislativo No. 22393.

Esta es una nueva iniciativa y no una sustitución al expediente 22383, y con respecto a este presenta los siguientes cambios:

  1. Contiene un único Título que contempla el tratamiento a las personas físicas, con un esquema de renta dual, en donde no se integran las rentas o ganancias del capital no vinculadas a la actividad lucrativa.
  2. Se elimina el gravamen a las rentas pasivas generadas en el extranjero, privando sobre estas el criterio de renta territorial.
  3. En relación al mínimo vital se establece que el mismo se conformará exclusivamente por el mínimo personal y las deducciones familiares, eliminando deducciones por créditos, servicios profesionales y otros.
  4. Se aclara que los planes de beneficio a los que se acojan los beneficiarios del régimen obligatorio de pensiones, el fondo de capitalización laboral y los beneficiarios de los planes de pensiones voluntarios, se encuentran exentos.
  5. Se refuerza que la propuesta no implica reforma o afectación alguna al Régimen de Zonas Francas.
  6. En cuanto a la herencia de deudas tributarias, se matiza la redacción para hacerla más consecuente con lo establecido en el artículo 19 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
  7. Se elimina el tope a las ganancias de capital generadas por la venta de la vivienda habitual, y se mantiene exenta.
  8. En lo que respecta a la distribución de dividendos se aumenta el plazo de 4 a 6 años sin distribución para que proceda la presunción, y se elimina la posibilidad de que no se aplique la figura cuando se demuestra la reinversión en activos.

El nuevo proyecto implica que la actual Ley del Impuesto sobre la Renta se mantendrá vigente en lo que respecta a los tratamientos de las rentas de las personas jurídicas y de los no residentes.

Government unveils new Dual Global Income Tax project

On 5 February 2021, the Executive Branch presented a new project called the "Dual Global Income Tax Act", which will be dealt with under legislative file No. 22393.

This is a new initiative and not a replacement for file No. 22383, and with respect to this it presents the following changes:

  1. It contains a single Title that provides the treatment of natural persons, with a dual income scheme, where income or capital gains not linked to the lucrative activity are not integrated.
  2. Maintained the criterion of territorial income.
  3. With regard to the minimum of life, it is established that it will be made up exclusively of the personal minimum and family deductions, eliminating deductions for credits, professional services and others.
  4. It is clarified that the benefit plans granted to beneficiaries of the compulsory pension scheme, the labour capitalisation fund and the beneficiaries of voluntary pension schemes are exempt.
  5. It is reinforced that the proposal does not imply any reform or affectation of the Free Zone Regime.
  6. With regard to the inheritance of tax debts, the wording is nuanced to make it more consistent with article 19 of the Code of Tax Rules and Procedures.
  7. The cap on capital gains generated by the sale of the usual home is eliminated and kept exempt.
  8. With regard to the distribution of dividends, the period from 4 to 6 years without distribution is increased for the presumption to proceed, and the possibility that the figure may not apply when the reinvestment in assets is demonstrated.

The new draft implies that the current Income Tax Law will remain in force with regard to the processing of the income of legal persons and non-residents.

Las afirmaciones y consideraciones aquí expresadas constituyen nuestra opinión profesional, que podría no ser compartida por las autoridades administrativas, judiciales, o por otras personas, razón por la cual no asumimos ninguna responsabilidad por eventuales sanciones y/o condenas que se puedan derivar de la aplicación de las mismas. Sin embargo, reiteramos que nuestra opinión tiene soporte legal y técnico para ser debatida ante las autoridades de impuestos.

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