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Reforma que amplía beneficios fiscales para vehículos eléctricos entra en vigor

3 de junio de 2022

Tax Flash

El viernes 3 de junio se publicó en el diario oficial La Gaceta la Ley No. 10.209, la cual reforma el Capítulo III de la Ley de Incentivos y Promoción de Transporte Eléctrico.

Con esta reforma se amplía el plazo de exoneración de los vehículos eléctricos, repuestos relacionados con el funcionamiento del motor eléctrico, las baterías de los vehículos eléctricos, y los dispensadores de recarga.

Esta nueva legislación indica:

a. Impuesto sobre el valor agregado (IVA). Durante el primer período fiscal siguiente a la publicación de esta ley, estarán gravados con una tarifa de un uno por ciento (1%) de este impuesto, aumentando un punto porcentual por período fiscal hasta alcanzar la tarifa general prevista en la Ley 9.635, Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018.

b. Impuestos selectivo de consumo y sobre el valor aduanero. Durante treinta y seis meses estarán exentos de la tarifa vigente, luego tendrán una tarifa exonerada en un setenta y cinco por ciento (75%) durante treinta y seis meses; otros treinta y seis meses con exoneración del cincuenta por ciento (50%), y otros treinta y seis meses con tarifa del veinticinco por ciento (25%). A partir de los doce años pagará el impuesto de consumo y sobre el valor aduanero que corresponda.

c. Los vehículos eléctricos estarán exentos del pago del impuesto a la propiedad de vehículos, luego de la vigencia de la publicación de la presente ley. A partir del segundo período fiscal, la exoneración será del veinte por ciento (20%) por año, hasta alcanzar la tarifa general del impuesto.

Estos beneficios también se aplicarán a los vehículos eléctricos usados cuya antigüedad no sea mayor a 5 años.

Reform extending tax benefits for electric vehicles goes into effect

On Friday, June 3rd, Law No. 10,209, which amends Chapter III of the Law on Incentives and Promotion of Electric Transportation, was published in the official gazette La Gaceta.

This reform extends the term of exoneration of electric vehicles, spare parts related to the operation of the electric motor, batteries of electric cars, and recharging dispensers.

This new legislation indicates:

a. Value Added Tax (VAT). During the first fiscal period following the publication of this law, they will be taxed at a rate of one percent (1%) of this tax, increasing one percentage point per fiscal period until reaching the general rate provided for in Law 9,635, Law Strengthening Public Finances, of December 3rd, 2018.

b. Selective consumption and customs value taxes. For thirty-six months they will be exempt from the current rate, then they will have a seventy-five percent (75%) exempted rate for thirty-six months; another thirty-six months with a fifty percent (50%) exemption, and another thirty-six months with a twenty-five percent (25%) rate. After twelve years, it will pay the consumption tax and the corresponding customs value.

c. Electric vehicles shall be exempted from the payment of the vehicle property tax after the publication of this law. As of the second fiscal period, the exoneration will be twenty percent (20%) per year, until the general tax rate is reached.

These benefits shall also apply to used electric vehicles not older than five years.

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