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Grandes contribuyentes nacionales que declaren pérdidas o cero impuesto por pagar, deberán presentar estados financieros auditados

15 de febrero de 2024

Tax Flash

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La Dirección General de Tributación publicó la resolución N.º MH-DGT-RES-0002-2024, la cual es una reforma a la resolución DGT-R-46-2014, que establece la obligación para los grandes contribuyentes nacionales de presentar los estados financieros auditados por un contador público autorizado, en caso de que lo requiera la Administración Tributaria.

Esta publicación se realizó en el diario oficial La Gaceta N.º 29 el 15 de febrero de 2024.

Los obligados contarán con un plazo de tres meses a partir de la fecha de notificación, el cual es prorrogable por igual término y previa solicitud del contribuyente. Se incluyen dentro de esta obligación a los sujetos exentos del impuesto sobre la renta, sin embargo, los no sujetos a este impuesto no deben cumplir con esta obligación.

Como excepción, aquellos contribuyentes que en su declaración presenten base imponible negativa (es decir, pérdidas) o una cuota de impuesto por pagar igual a cero, estarán en la obligación de presentar los estados financieros auditados, sin necesidad de que haya un requerimiento formal de la Administración Tributaria, dentro de los tres meses siguientes al cierre del período fiscal.

Por ejemplo, los contribuyentes que tienen fecha de cierre de su período fiscal al 31 de diciembre de cada año, deberán presentar los estados financieros auditados a más tardar el 31 de marzo del año siguiente.

Como medida transitoria y en lo que respecta al período fiscal 2023, que cerró el pasado 31 de diciembre de 2023, los contribuyentes que presenten pérdidas o impuesto por pagar igual a cero, estarán en la obligación de suministrar a la Dirección General de Tributación sus estados financieros auditados por un contador público autorizado dentro de los tres meses siguientes a la fecha de vencimiento del plazo de presentación de la declaración correspondiente. Es decir, quienes tengan que presentar su declaración del impuesto sobre la renta el próximo 15 de marzo, deberán aportar sus estados financieros a más tardar al 15 de junio de 2024.

Es importante recordar que siempre se puede hacer la solicitud de prórroga para cumplir con dicha presentación, eso sí, si median razones de caso fortuito o fuerza mayor.

También es importante recalcar que como parte de los documentos aportados, el contribuyente deberá adjuntar la conciliación fiscal. Este documento deberá estar acorde con la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 12 y con el impuesto a las ganancias, este es un requerimiento que está estipulado en el artículo 100 del reglamento a la “Ley del impuesto sobre la renta” (N.º 7.092).

Large domestic taxpayers who declare losses or zero tax payable must submit audited financial statements

The Directorate General of Taxation published Resolution No. MH-DGT-RES-0002-2024, an amendment to Resolution DGT-R-46-2014, establishes the obligation for large national taxpayers to submit financial statements audited by an authorized public accountant if required by the Tax Administration.

This publication was published in the official gazette La Gaceta No. 29 on February 15th, 2024.

Taxpayers will have three months from the date of notification, which may be extended for the same period and upon request by the taxpayer, to present the financial statements audited. Included in this obligation are those exempt from income tax; however, taxpayers not subject to this tax do not have to comply with this obligation.

As an exception, those taxpayers who present a negative tax base (i.e., losses) or a tax payable equal to zero in their tax return will be obliged to submit the audited financial statements without the need for a formal requirement from the Tax Administration, within three months following the end of the tax period.

For example, taxpayers with a closing date of their tax period of December 31st of each year must submit the audited financial statements by March 31st of the following year.

As a transitional measure and about the 2023 tax period, which ended on December 31st, 2023, taxpayers who present losses or tax payable equal to zero, will be obliged to provide the Directorate General of Taxation with their financial statements audited by an authorized public accountant within three months following the expiration date of the deadline for filing the corresponding return. In other words, those who must file their income tax return on March 15th must provide their financial statements by June 15th, 2024.

It is important to remember that you can always request an extension to comply with this presentation if there are reasons for a fortuitous event or force majeure.

It is also important to note that the taxpayer must attach the tax reconciliation as part of the documents provided. This document must be in accordance with International Accounting Standard (IAS) 12 and with income tax, which is a requirement stipulated in Article 100 of the regulations to the "Income Tax Law" (No. 7,092).

Las afirmaciones y consideraciones aquí expresadas constituyen nuestra opinión profesional, que podría no ser compartida por las autoridades administrativas, judiciales, o por otras personas, razón por la cual no asumimos ninguna responsabilidad por eventuales sanciones y/o condenas que se puedan derivar de la aplicación de las mismas. Sin embargo, reiteramos que nuestra opinión tiene soporte legal y técnico para ser debatida ante las autoridades de impuestos.

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