Noticias
Grandes contribuyentes que declararon pérdidas o cero impuestos deben presentar estados financieros auditados a más tardar el 17 de junio
11 de junio de 2024
Tax Flash
El próximo 17 de junio de 2024 vence el plazo para que los Grandes Contribuyentes Nacionales (GCN) que declararon pérdidas o una cuota tributaria igual a cero en el periodo fiscal 2023, presenten los estados financieros auditados. Esta es una obligación que debe cumplirse sin que exista un requerimiento previo por parte de la Administración Tributaria.
Esta obligación incluye a todos los sujetos exentos del impuesto sobre la renta, tales como empresas bajo el régimen de zona franca y otros (holdings y los casos donde la aplicación de convenios internacionales traslada el ingreso a otro país).
En esta ocasión, los contribuyentes deberán prestar atención a los cambios que se publicaron en el diario oficial La Gaceta el pasado 15 de febrero de 2024. Ese día se comunicó la resolución N° MH-DGT-RES-0002-2024 que modifica la norma DGT-R-46-2014.
Los principales cambios que se deben tomar en cuenta son:
- Presentación sin requerimiento previo: Los estados financieros deben ser auditados por un contador público autorizado e incluir información comparativa con respecto al periodo inmediato anterior. También se deberán incluir las notas correspondientes.
- Conciliación fiscal: Debe presentarse conforme al artículo 100 del “Reglamento de la ley del impuesto sobre la renta” y la Norma Internacional de Contabilidad, NIC 12.
A continuación, se brindan más información sobre este cumplimiento.
Sujetos obligados:
Esta obligación es para los contribuyentes clasificados como GCN que hayan declarado una cuota tributaria igual a cero o una base imponible negativa en el impuesto sobre las utilidades para el periodo fiscal 2023. Esto incluye a los sujetos exentos del impuesto sobre la renta, los que están registrados en el régimen general, las empresas bajo el régimen de zona franca y conglomerados financieros (holding).
Excepciones:
Conforme al artículo 1 de la resolución N° MH-DGT-RES-0002-2024, se exceptúan de esta obligación a los declarantes no sujetos del impuesto sobre la renta y las empresas de transporte internacional y comunicaciones cuyos propietarios no estén domiciliados en el país y que operen en Costa Rica mediante sucursales, agencias u otros establecimientos permanentes con un sistema especial de cálculo de renta líquida aprobado por la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales.
Plazo y prórrogas:
Para el periodo fiscal 2023, el plazo para cumplir con esta obligación es a los tres meses posteriores al vencimiento de la declaración del impuesto sobre las utilidades, por lo que deberá presentarse el próximo 17 de junio de 2024. El obligado tributario puede solicitar una prórroga por otro periodo igual en caso fortuito o de fuerza mayor; eso sí, deberá hacer una solicitud previa y debidamente justificada.
Envío de información:
La información solicitada deberá remitirse al correo electrónico: estadfinagrandes@hacienda.go.cr
En caso de duda, favor consultar con nuestro equipo de especialistas.
Large taxpayers who reported losses or zero taxes must submit audited financial statements by no later than June 17
The deadline for large national taxpayers (GCN) who reported losses or a tax due equal to zero for the fiscal period 2023 to submit audited financial statements is June 17, 2024. This is an obligation that must be fulfilled without there being a prior requirement from the Tax Administration.
This obligation includes all those subjects exempt from income tax, such as companies under the free zone regime and others (holdings and cases where the application of international agreements transfers income to another country).
On this occasion, taxpayers must pay attention to the changes that were published in the official gazette La Gaceta on February 15, 2024. That day, resolution No. MH-DGT-RES-0002-2024 was communicated, which modifies the norm DGT-R-46-2014.
The main changes that must be taken into account are:
- Submission without prior requirement: The financial statements must be audited by an authorized public accountant and include comparative information with respect to the immediate previous period. The corresponding notes must also be included.
- Tax reconciliation: It must be presented in accordance with article 100 of the "Income Tax Law Regulations" and the International Accounting Standard, IAS 12.
More information about this compliance is provided below.
Obligated subjects:
This obligation is for taxpayers classified as GCN who have declared a tax due equal to zero or a negative taxable base in the profit tax for the fiscal period 2023. This includes subjects exempt from income tax, those who are registered in the general regime, companies under the free zone regime, and financial conglomerates (holding).
Exceptions:
According to article 1 of resolution No. MH-DGT-RES-0002-2024, those not subject to income tax and international transport and communications companies whose owners are not domiciled in the country and operate in Costa Rica through branches, agencies, or other permanent establishments with a special net income calculation system approved by the Directorate of Large National Taxpayers are exempt from this obligation.
Deadline and extensions:
For the fiscal period 2023, the deadline to comply with this obligation is three months after the expiration of the profit tax return, which means it must be presented by June 17, 2024. The taxpayer may request an extension for an equal period in the event of fortuitous case or force majeure; however, this must be done through a prior and duly justified request.
Sending information:
The requested information should be sent to the email: estadfinagrandes@hacienda.go.cr
In case of doubt, please consult with our team of specialists.
Las afirmaciones y consideraciones aquí expresadas constituyen nuestra opinión profesional, que podría no ser compartida por las autoridades administrativas, judiciales, o por otras personas, razón por la cual no asumimos ninguna responsabilidad por eventuales sanciones y/o condenas que se puedan derivar de la aplicación de las mismas. Sin embargo, reiteramos que nuestra opinión tiene soporte legal y técnico para ser debatida ante las autoridades de impuestos.
Este boletín solo contiene información general y nadie de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sus firmas miembro o sus entidades relacionadas (colectivamente, la "red de Deloitte"), a través de esta comunicación, presta asesoría o servicios profesionales. Antes de tomar una decisión o tomar alguna medida que pueda afectar sus finanzas o su negocio, debe consultar a un asesor profesional calificado. Ninguna entidad en la red de Deloitte será responsable por cualquier pérdida sufrida por cualquier persona que confíe en este boletín.