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DGII dicta norma para otorgar beneficios de convenios internacionales y así evitar doble tributación en República Dominicana
21 de noviembre de 2022
Alerta Fiscal
El 03 de octubre de 2022 la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dictó la “Norma general 11-2022”, la cual tiene como objetivo principal establecer los lineamientos para aplicar las disposiciones de los convenios internacionales vigentes suscritos por República Dominicana y así evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal, incluyendo el otorgamiento de los beneficios contemplados en estos.
Los convenios para evitar la doble tributación son aquellos firmados entre dos estados para impedir que se grave dos veces el impuesto sobre la renta (ISR) en dos territorios distintos.
Estos acuerdos son creados para tener relaciones comerciales más armónicas y eliminar el impacto del doble pago de impuestos, República Dominicana actualmente solo tiene convenios para evitar la doble tributación con España y Canadá.
El alcance de la “Norma general 11-2022” va dirigido a todos los contribuyentes que deseen aplicar las disposiciones y beneficios contenidos en los convenios internacionales vigentes para evitar o atenuar la doble tributación. Sin embargo, los beneficios solo aplicarán cuando el contribuyente acredite que es residente (para fines tributarios) de uno de los estados contratantes del convenio que se trate y se cumplan con los requerimientos establecidos en dicho convenio.
Los interesados deberán hacer una solicitud ante la DGII aportando los documentos necesarios para su evaluación y posterior aprobación o rechazo. En el caso de que su respuesta no sea favorable, puede apelar mediante recursos administrativos correspondientes.
De acuerdo con esta norma, la solicitud deberá realizarse a más tardar 30 días laborables posteriores al pago del impuesto que pudiese verse afectado por la aplicación del convenio y de la declaración jurada correspondiente. Si la solicitud es aprobada, 15 días laborables más tarde, la DGII rectificará de oficio el Formulario de declaración jurada de otras retenciones y retribuciones complementarias (IR-17) y compensará contra el impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal actual. En el caso de que no se agote el 100% del crédito en el ejercicio actual, se correrá el restante al ejercicio siguiente.
No obstante, si quien tiene el derecho a gravar el impuesto es el otro estado contratante del convenio, el solicitante deberá declarar mediante el formulario previamente mencionado el monto sujeto a impuesto por el otro estado contratante de manera informativa.
Es importante destacar que, esta norma entrará en vigencia el 03 de abril de 2023, en un plazo de seis meses contados a partir de su publicación.
Para más información sobre la “Norma general 11-2022”, haga clic aquí.
Tax Authority dictates regulation to grant benefits of international agreements to avoid double taxation in Dominican Republic
On October 3rd, 2022, the Tax Authority issued the "General Rule 11-2022", whose main objective is to establish the guidelines to apply the provisions of the international agreements in force subscribed by the Dominican Republic and thus avoid double taxation and prevent tax evasion, including the granting of the benefits contemplated by these.
Agreements to avoid double taxation are those signed between two states to prevent double taxation of income tax in two different territories. These agreements are created to have more harmonious commercial relations and eliminate the impact of double taxation, currently the Dominican Republic only has agreements to avoid double taxation with Spain and Canada.
The scope of "General Rule 11-2022" is directed to all taxpayers who wish to apply the provisions and benefits contained in the international agreements in force to avoid or mitigate double taxation. However, the benefits will only apply when the taxpayer proves that it is a resident (for tax purposes) of one of the contracting states of the agreement in question and complies with the requirements established in such agreement.
Interested parties must make an application to the Tax Authority providing the necessary documents for its evaluation and subsequent approval or rejection. In case your response is not favorable, you may appeal through the appropriate administrative resources.
According to this rule, the request must be made no later than 30 workdays after the payment of the tax that could be affected by the application of the agreement and the corresponding tax return. If the request is approved, 15 workdays later, the Tax Authority will automatically rectify the IR-17 Form and offset against the income tax of the current fiscal year. If the 100% of the credit is not used up in the current fiscal year, the remainder will be carried forward to the following fiscal year.
However, if it is the other contracting state of the agreement that has the right to levy the tax, the applicant must declare the amount subject to tax by the other contracting state in an informative manner by means of the form mentioned above.
It is important to note that this regulation will come into force on April 3rd, 2023, six months from the date of publication.
For more information on "General Rule 11-2022", click here.
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