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¿Qué papel juega la digitalización y la robótica en las relaciones laborales?

Desayuno Laboral: el trabajo del futuro y el futuro del trabajo

La digitalización y robotización, así como el uso masivo de las nuevas tecnologías en los centros de trabajo, son cuestiones de gran actualidad que plantean importantes retos por su impacto en los esquemas clásicos de relaciones laborales.

Nuestro Desayuno Laboral, titulado “El trabajado del futuro y el futuro del trabajo”, ha girado en torno al uso de las nuevas tecnologías en los entornos de trabajo. Fernando Bazán, socio de Laboral de Deloitte Legal, ha inaugurado la jornada destacando los procesos innovadores en las relaciones laborales: "El impacto de las nuevas tecnologías está en nuestros campos de actuación y debemos convivir con ellos evitando cualquier sensación de urgencia por implementarlos”. En este sentido, David-Isaac Tobía, también socio del Despacho, ha insistido en las soluciones judiciales que rodea a las tecnologías que emplean las personas en su puesto de trabajo. "Existe un respaldo jurídico que fomenta el uso de la innovación por parte de la empresa y del trabajador", sostiene el socio de Laboral de Deloitte Legal. Por último, Luis González Gugel, socio de S2G, ha analizado las posibilidades que ofrece la robótica y el dato en las organizaciones: "La digitalización, la automatización de procesos a través de robotics y los avances en big data han revolucionado las relaciones laborales".

Soluciones judiciales: control empresarial, redes sociales y teletrabajo

El Artículo 38 de la Constitución Española recoge el derecho a la libertad de empresa y la mejora y fomento de la competitividad. Por tanto, se puede afirmar que la implantación de nuevas tecnologías posee respaldo jurídico en entornos de trabajo y relaciones laborales. En la dirección y el control empresarial contamos con cuestiones judiciales muy relevantes tanto para el trabajador como la compañía. A continuación, podemos ver la legislación que rodea a cada una de ellas: 

  • Videovigilancia (STS 01-02-2017 + STS 02-02-2017). Si la empresa opta por la vigilancia, no necesita un consentimiento previo del trabajador, pero sí es obligatorio informar previamente de su existencia. Asimismo, debemos distinguir entre la videovigilancia destinada al control preventivo y al control para confirmación de indicios
  • Control de equipos informáticos correo electrónico (STS 26-09-2007 + STS 08-03-2001). Es preciso la existencia de un protocolo interno (normas de uso), al igual que un reconocimiento de su uso social. 
  • Geolocalización (STEDH 02-09-2010). El control por geolocalización puede ser contrario al derecho a la intimidad y vida personal, aunque se ha admitido como medio de prueba en el caso de existir conocimiento previo y proporcionalidad (STSJAndalucía 15-07-2015). 
  • Cláusulas contractuales que implican renuncias a derechos (STS 21-09-2015). Existe una nulidad de la cláusula que obliga a facilitar número de móvil para recibir comunicados del empresario vía SMS. El control puede ser más exhaustivo si los dispositivos o equipos son facilitados por la empresa.

En relación a las redes sociales en materia de procedimientos laborales, se debe acreditar la prueba con criterios de fehaciente y suficiencia probatoria. En Twitter, por ejemplo, los comentarios realizados en esta red social durante la jornada laboral pueden ser motivo de despido (STSJ Asturias 25-11-2015). Asimismo, lo manifestado en Twitter (y LinkedIn) es demostrativo de una actuación de competencia desleal (STSJCataluña 16-03-2017). Por su parte, Whatsapp constituye un medio de prueba, no prueba documental (STSJCataluña 12-05-2017) aunque es suficiente para acreditar incumplimientos laborales (STSJCantabria 18-06-2014 + STSJGalicia 25-04-2014). Algunas de las soluciones judiciales que contempla Facebook en materia laboral son:  despido por expresiones injuriantes (STSJ Aragón 18-05-2016 + STSJAndalucía 22-05-2014) y despido por atentado al honor por discrepancias entre sindicatos (STSJCataluña 16-12-2016), entre otras. 

Por último, el teletrabajo, un tema muy actual y demandado por los empleados, también cuenta con respaldo jurídico. El teletrabajo es una flexibilidad laboral y tiene un carácter estrictamente voluntario, nunca obligatorio.

Robotics: La herramienta del presente

La digitalización, la automatización de procesos a través de robotics y los avances en big data han provocado una nueva revolución que, según las predicciones, estará totalmente extendida en las compañías para 2020. Pero, ¿cómo nos ayuda cada tecnología en nuestro trabajo? Distinguimos cuatro conceptos: 

  • Robotics Process Automation (RPA) imita acciones humanas. Basados en reglas e impulsado por robots virtuales, permiten a las organizaciones prestar los mismos servicios a costes más bajos y con mayor calidad. 
  • Intelligent Automation emula el juicio humano a partir de datos previos. Reconoce patrones de fuentes no estructuradas y replica actividades no rutinarias basadas en juicio a partir de capacidades básicas de aprendizaje (machine learning).
  • Cognitive Automation ayuda a la toma de decisiones facilitando datos. Facilita el día a día de los trabajadores debido a sus funcionalidades avanzadas de aprendizaje que permiten llegar a conclusiones y procesar el lenguaje natural.
  • Artificial Intelligence imita la inteligencia humana. Estos sistemas replican totalmente las interacciones humanas.

Las posibilidades de estas tecnologías permiten al trabajador incrementar su productividad ya que los robots pueden automatizar procesos y "liberar" al ser humano de realizar tareas más rutinarias. De esta forma, se libera capacidad que los trabajadores pueden emplear en tareas de mayor valor para la organización. 

Desayuno Laboral: el trabajo del futuro y el futuro del trabajo