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La dichosa Ley de Protección de Datos

Artículo elaborado por Daniel Chóliz, asociado senior de Deloitte Abogados

La norma está contribuyendo a que valoremos nuestra intimidad y podamos preservarla.

Heraldo de Aragón, 25 de enero de 2015

El próximo miércoles, día 28, se celebrará el Día de la Protección de Datos, una jornada impulsada por la Comisión Europea con la que se busca promover el conocimiento y cumplimiento de la Ley de Protección de Datos. La dichosa Ley de Protección de Datos.

Conste que no empleo el término dichosa en sentido negativo; todo lo contrario. Se trata de una ley cada vez más presente en el día a día de empresas y consumidores, que está contribuyendo a que valoremos nuestra intimidad, y prestemos atención a lo que los demás saben, o pueden saber, de nosotros.

De hecho, hoy en día es frecuente que un consumidor niegue su autorización para recibir publicidad por 'mail'; que quiera saber para qué se le piden sus datos personales; o que se niegue a decir su profesión a la hora de sacar un billete de avión o registrarse en un hotel. También sabe que tiene un derecho al olvido en internet, y sabe cómo eludir las omnipresentes 'cookies' a la hora de navegar por la red.

Algo parecido sucede con las empresas. Ahora -y por finla mayor parte de las cesiones de datos entre empresas se realizan sólo si previamente han obtenido la autorización de las personas afectadas.

Se preocupan por declarar sus ficheros en la Agencia Española de Protección de Datos. Si disponen del debido canal de denuncias, prestan especial cuidado en que en su tramitación se respete la máxima confidencialidad. Y cuando un tercero les presta un servicio que requiere acceder a los datos personales de los que son responsables, previamente exigen la firma del contrato que marca la ley.

Hace apenas unos años todo esto era, sencillamente, impensable. Aunque, también hay que decirlo, es una ley a la que todavía le queda recorrido.

Las empresas todavía han de darle un uso adecuado a las cámaras de videovigilancia, que por regla general no pueden enfocar a la vía pública, que en determinados supuestos requieren la intervención de una empresa autorizada de vigilancia y de cuyas imágenes grabadas no se permite un uso ilimitado.

Todavía hace falta más prudencia a la hora de pedir y manejar un dato tan sensible y personal como una huella dactilar. O, puestos a pedir, todavía se tienen que mentalizar de que los datos personales no se pueden conservar sine die, sino que han de cancelarlos y suprimirlos cuando ya se ha cumplido el objetivo para el que se recabaron.

En lo que respecta a los consumidores, todavía hace falta que sean conscientes, por ejemplo, de la trascendencia que tiene facilitar información en las redes sociales; tanto información e imágenes propias como, por supuesto, ajenas.

Por todo ello, sigamos siendo conscientes del valor que tiene nuestra información personal; valoremos y cuidemos la información que terceros manejan de nosotros.

Y, desde el punto de vista empresarial, ojalá las empresas sigan prestando atención al uso que dan a los datos personales que gestionan. Ya no solo por cumplir ineludibles obligaciones legales, cuyo incumplimiento se sanciona con cuantiosas multas.

Se trata de una cuestión de orden y respeto a la intimidad de quienes, en última instancia, depende parte de su éxito empresarial: por ejemplo, sus trabajadores, proveedores o clientes.

Opinión Deloitte Abogados
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