Perspectivas

Ley Fortalecimiento al emprendimiento

Opinión

Por Mario Coyoy, Socio de Impuestos y Precios de Transferencia, Deloitte

El pasado 29 de octubre fue publicado en el Diario de Centro América el Decreto 20-2018, Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento, la cual tiene como objeto regular una figura de sociedad mercantil unipersonal, es decir, que podrán constituirse a partir de una sola persona e incentivar y fortalecer el emprendimiento en Guatemala. Es por ello que esta Ley reforma el Código de Comercio creando una nueva figura de sociedad “La Sociedad de Emprendimiento (S.E.)”.

Para poder incentivar el emprendimiento en nuestro país, esta Ley contempla apoyos técnicos y financieros al emprendedor, así como la agilización del proceso de formalización, creando dentro de la normativa una nueva figura jurídica la cual conlleva un procedimiento especial para reducir los tiempos y costos de los trámites de inscripción.

Entre las características más importantes de este tipo de sociedad se puede mencionar:

a) Pueden constituirse con una o más personas físicas.
b) No tienen la obligación de crear reserva legal.
c) El ingreso total anual no podrá rebasar los cinco millones de quetzales, ya que de lo contrario deberá transformarse en otro régimen societario o figura mercantil.
d) Solamente podrán recibir aportaciones dinerarias no aplicándole los aportes en bienes.
e) Todo aporte que realice una persona individual o jurídica en una Sociedad de Emprendimiento, debidamente registrada ante el Registro Mercantil, se considera capital no reembolsable y es deducible del Impuesto Sobre la Renta. La deducción máxima permitida a quienes realicen aportes no puede exceder del cinco por ciento (5%) de la renta bruta ni de un monto máximo de quinientos mil Quetzales (Q 500,000.00) anuales.

Por otra parte, esta Ley establece que, en el plazo de un mes a partir de su vigencia (90 días después de su publicación en el Diario Oficial, siendo la fecha de inicio de vigencia el 27 de enero de 2019), las entidades bancarias deben ajustar sus requisitos, de tal manera que posibiliten a las Sociedades de Emprendimiento, la apertura de cuentas bancarias.

Como se puede observar, esta nueva figura societaria de contar con todas las herramientas y soporte de parte de las autoridades, abriría grandes posibilidades de los emprendedores guatemaltecos para formalizar sus negocios y expandir los mismos, generando la posibilidad de acceso a créditos bancarios, lo cual seguramente les permitirá ser más competitivos tanto a nivel nacional como internacional.

Publicado en lahora.gt

19 de noviembre de 2018

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