Pago de dividendos a accionistas residentes en el extranjero has been saved
Perspectivas
Pago de dividendos a accionistas residentes en el extranjero
Beneficio otorgado por la Resolución Miscelánea 2015
Derivado de la incorporación de reglas anti-abuso en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se establece que los beneficios de los tratados para evitar la doble tributación sólo serán aplicables a los contribuyentes residentes en el extranjero que cumplan con ciertos requisitos.
No obstante lo anterior, hay buenas noticias a pesar de la limitación contemplada en la Ley de Impuesto Sobre la Renta. En este documento analizamos la Resolución Miscelánea Fiscal, publicada el 30 de diciembre de 2014 aplicable para 2015, que otorga un beneficio a través de la regla 3.1.3.
Aspectos relevantes
La emisión de la regla 3.1.3 permite subsanar la omisión que la Ley de Impuesto Sobre la Renta presenta, al permitir reconocer la posibilidad de poder estar en condiciones de aplicar un tratado para evitar la doble tributación.
- Antecedentes
- Problemática en la Ley de Impuesto Sobre la Renta
- Beneficio otorgado mediante la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015
- Comentarios finales