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Tercera Resolución Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior
Flash Fiscal 47/2020
Entre los principales cambios se encuentran los siguientes:
- Se incorpora la definición de NICO como parte del Glosario y se modifica la redacción de diversas reglas para hacer referencia a los NICOs.
- Se elimina de manera general la redacción que hacía referencia a “mercancías clasificadas en fracciones arancelarias”, para modificarlo a “mercancías listadas o señaladas” en anexos o reglas.
- Se complementan las fracciones arancelarias contenidas en diversas reglas para incluir su NICO correspondiente.
- Se cambia la estructura de la regla 3.1.21 relativa al pedimento parte II, y por consecuencia se modifican las referencias a los párrafos de dicha regla en otras reglas subsecuentes.
- Se modifica la redacción de diversas reglas, para señalar que la autoridad responsable de emitir los lineamientos que deberán observar los agentes internacionales de carga que ingresen o extraigan mercancías del territorio nacional por medio de transporte marítimo, será la AGA en lugar de la AGCTI.
- Se incorporan los términos “prueba de origen” y “certificación de origen”, con la finalidad de homologarlo con el T-MEC.
Lo invitamos a consultar el documento completo.
Tercera Resolución Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior | PDF, 8 págs. Diciembre 2020.
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