Análisis

Nuevo Decreto Reglamentario de beneficios fiscales por Proyectos de Inversión

5 de octubre de 2020

Recientemente Presidencia dio a conocer un Decreto (de fecha 30/09/2020) mediante el cual se establece una nueva Reglamentación del Capítulo III de la Ley 16.906, referido a “Estímulos respecto a inversiones específicas”.

Algunos comentarios y diferencias con el régimen anterior, que ayudan a entender este nuevo Decreto:

  • Incrementa los porcentajes de beneficios en IRAE sobre la inversión elegible, en similares niveles de compromisos.
  • Son elegibles las inversiones realizadas desde el inicio del ejercicio de presentación, o con antigüedad de hasta 6 meses, sin límite cuantitativo (se elimina requisito de no superar el 20% del total).
  • Disminuye los plazos de cumplimiento de indicadores comprometidos (básicamente empleo y exportaciones, que pasan a 3 años).
  • El margen de tolerancia es del 20% y se aplica al puntaje total de la matriz al final del cronograma de cumplimiento de indicadores.
  • Se puede exonerar hasta un 90% del IRAE del ejercicio (antes era hasta el 60%).
  • El plazo mínimo de goce de beneficios de IRAE será de 4 ejercicios (antes 3 ejercicios).
  • Se mantienen los beneficios transitorios por inversiones entre el 1° de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021.
  • Vigencia del nuevo Decreto: desde la publicación. Pero por los siguientes 60 días puede optarse por presentar al amparo de este Decreto o del anterior (Decreto 143/018).
  • Las empresas que hayan presentado Proyectos de Inversión por el Decreto 143/018 a partir del 1° de mayo de 2020, pueden optar por pasarse al régimen del nuevo Decreto.

En los próximos días seguramente la COMAP estará publicando los instructivos de aplicación del nuevo régimen, así como los formularios para las solicitudes, simuladores y normas complementarias.

Adjuntamos el texto del Decreto que aún no fue publicado en el Diario Oficial. 

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