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Inspección General de Justicia Planes de ahorro bajo modalidad de “grupos cerrados”. Régimen de diferimiento del pago de determinado porcentual de la cuota de ahorro y/o amortización.
RG IGJ 5/2021
19 de abril de 2021
Por medio de la presente resolución la Inspección General de Justicia (“IGJ”) se resuelve:
- Prorrogar hasta el 31 de agosto de 2021 el plazo de vencimiento del ofrecimiento de diferimiento previsto a los suscriptores ahorristas y adjudicados titulares de contratos cuyo agrupamiento se haya producido hasta el 20 de abril de 2021 y a los suscriptores con contratos extinguidos por renuncia, rescisión o resolución desde el 1 de abril de 2018 hasta el 20 de abril de 2021.
- Prorrogar hasta el 31 de agosto de 2021 las medidas a cargo de las sociedades administradoras y se mantienen durante el plazo de prórroga las obligaciones de difusión y gastos de entrega de los vehículos para las sociedades administradoras.
Asimismo, se dispone que previo al inicio de ejecuciones prendarias que pudieren quedar expeditas a partir del 3 de mayo de 2021, las sociedades administradoras deberán realizar tratativas extrajudiciales con los suscriptores y sus garantes, y en caso de no arrojar resultados positivos, deberán notificarlos del derecho a recurrir al Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo y en su caso al procedimiento ante la Auditoría en las Relaciones de Consumo.
La presente resolución entró en vigencia el 20 de abril de 2021.
Resolución N° 5/2021 | 19 de abril de 2021