Noticias

Inspección General de Justicia Asociaciones civiles. Reuniones sociales a distancia

RG IGJ 6/2021

29 de abril de 2021

Por medio de la presente resolución la Inspección General de Justicia dispuso lo siguiente:

  • Las asociaciones civiles que, con motivo de las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria, no puedan realizar las reuniones sociales en forma presencial podrán realizarlas mediante la modalidad a distancia. 
  • Aquellas entidades que tengan consagrado el voto secreto en su estatuto social, también podrán realizar sus reuniones a distancia mientras duren las restricciones a la circulación y/o reunión de personas con motivo de la emergencia sanitaria, debiendo el órgano competente resolver la reglamentación del proceso eleccionario a fin de garantizar: (i) la transparencia del proceso, (ii) el libre acceso y (iii) la participación de todos sus miembros. 

Las asociaciones que cuenten con una página web deberán publicar dicho reglamento en su página dentro de los 3 días de que el mismo fuera aprobado. 

  • Las reuniones sociales que se celebren bajo la modalidad a distancia deberán dar estricto cumplimiento a los requisitos establecidos en la Resolución General Nº 11/2020 IGJ correspondiente a las reuniones a distancia de sociedades comerciales. 
  • La habilitación del voto por correspondencia para la elección de autoridades en todas aquellas asociaciones civiles que no tengan prevista esta modalidad de votación en su estatuto social, debiendo el órgano competente aprobar el procedimiento para posibilitar el voto por correspondencia, el cual deberá ajustarse a las pautas mínimas que se fijan en el ANEXO I de esta resolución. 

La presente resolución entró en vigencia el 30 de abril de 2021.

¿Encontró útil el contenido?