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Medidas Generales de Prevención

Decreto 241/2021

15 de abril 2021

El Poder Ejecutivo oficializó las nuevas restricciones ante el incremento sostenido de los contagios. Las principales medidas son las siguientes:

- DISPENSAS DEL DEBER DE ASISTENCIA AL LUGAR DE TRABAJO

Se mantiene la suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo por el plazo previsto en el presente decreto, para las personas alcanzadas por los términos de la Resolución Nº 207/20 que se detallan a continuación:

  • Trabajadores y trabajadoras mayores de 60 años de edad, excepto que sean considerados “personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento”. Se considerará “personal esencial” a todos los trabajadores del sector salud.
  • Trabajadoras embarazadas
  • Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional.

Estos trabajadores del sector privado recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual, neta de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social.

Los trabajadores, así como los empleadores, deberán continuar efectuando sobre la remuneración imponible habitual los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la Obra Social y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados -INSSJP-.

Dicho beneficio no podrá afectar el financiamiento de la seguridad social, ni los derechos conferidos a los trabajadores por los regímenes de la seguridad social.

- MEDIDAS ESPECÍFICAS DE PREVENCIÓN Y CONTENCIÓN EN EL AMBA

Quedan suspendidas las siguientes actividades, durante la vigencia del presente decreto:

  • Centros comerciales y shoppings. 
  • Todas las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados. 
  • Locales comerciales, entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. 
  • Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.), entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, salvo en las modalidades de reparto a domicilio y para retirar en el establecimiento en locales de cercanía.

Publicado en el Boletín Oficial el 16 de abril de 2021.

Decreto 241/2021 | 15 de abril de 2021
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