Noticias

Sociedades comerciales y entidades civiles

RG IGJ 29/2020 - Reglamentación fiscalización a distancia

30 de junio de 2020

Por medio de la presente resolución se establece que para los casos de fiscalización a distancia va a ser aplicable de forma analógica, en la medida que sea compatible, la normativa prevista en los arts. 158, 159, 160, 420, 424 y concordantes de la Resolución General 7/2015 de IGJ, así como en el Anexo XVII (Reglamento de Actuación de los Inspectores de Justicia en las Asambleas de Sociedades por Acciones) de dicha Resolución General.

Resolución N° 29/2020 | 30 de junio de 2020
¿Encontró útil el contenido?