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Emergencia Pública en Materia Ocupacional – Prohibición de Despidos - Prórroga

Decreto 345/2021

27 de mayo 2021

Se prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor hasta el 30 de junio de 2021, inclusive.

La medida incluye la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la ley de contrato de trabajo.

Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el presente decreto no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.

Las prohibiciones previstas en el presente decreto no serán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19, ni al Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, ni a sociedades, empresas o entidades que lo integran.

Publicado en el Boletín Oficial el día 28 de mayo de 2021.

Decreto 345/2021 | 27 de mayo de 2021
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