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Coronavirus considerado enfermedad profesional

Decreto 367/2020

Decreto 367/2020 BO 13.04.2020

La enfermedad COVID-19 se considerará de carácter profesional, respecto de los trabajadores dependientes de actividades esenciales y exceptuadas del aislamiento social obligatorio.

Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo no podrán rechazar la cobertura de las contingencias mencionadas y deberán adoptar los recaudos necesarios para que, al tomar conocimiento de la denuncia del daño laboral acompañada del correspondiente diagnóstico, el trabajador damnificado reciba, en forma inmediata, las prestaciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo.

La presente medida entró en vigencia el 14 de abril del 2020.

Decreto N° 367/2020 | 13 de abril de 2020
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