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Prohibición de Despidos

Decreto 39/2021

22 de enero de 2021

Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional, prorrogándose de esta manera la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor y la de efectuar suspensiones, por el plazo de noventa días corridos, contados a partir del 25 de enero de 2021. La violación de dicha medida no producirá efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes.

Asimismo, se extiende la doble indemnización hasta el 31 de diciembre de 2021, a los efectos del cálculo de la indemnización, el monto correspondiente a la duplicación no podrá exceder, en ningún caso, la suma de $ 500.000.

Además, se ratifica que por el término de 90 días corridos y contados a partir de la vigencia de dicho decreto, la enfermedad Covid-19 se considerará presuntivamente como enfermedad profesional no listada.

Publicado en el Boletín Oficial el 25 de Enero de 2021.

Decreto N° 39/2021 | 22 de enero de 2021
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