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Administración Federal de Ingresos Públicos
RG AFIP 4898/2020
30 de diciembre de 2020
La Administración Federal de Ingresos Públicos reglamenta los beneficios de reducción y postergación de las contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino devengadas en el mes de diciembre de 2020.
Aquellos sujetos que hayan optado por el “Programa REPRO II” gozarán del beneficio de postergación del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA.
La fecha de vencimiento será según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente.
La presente medida entra en vigencia el 04 de enero de 2021.
Resolución N° 4898/2020 | 30 de diciembre de 2020