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Atención durante el mes de enero de 2021

RG IGJ 54/2020

28 de diciembre de 2020

Por medio de la presente resolución la Inspección General de Justicia (“IGJ”) resolvió modificar lo dispuesto por la Resolución General IGJ N° 52/2020 con relación a la contestación de vistas durante el mes de enero conforme se prevé a continuación:

(vii) Vistas La IGJ no dará curso a contestaciones de aquellas vistas cursadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2020. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2020 y se reanudará automáticamente el 1° de febrero de 2021, excepto para los trámites en los cuales expresamente se disponga la habilitación de plazos.

La presente resolución rige con efectos desde el 22 de diciembre de 2020.

Resolución N° 54/2020 | 28 de diciembre de 2020
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