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Impuesto a las Ganancias Cuarta Categoría
Decreto 620/2021
23 de septiembre 2021
El 23 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial el Decreto presidencial 620/2021 mediante el cual se incrementan los montos del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría, con efectos para las personas que prestan tareas bajo relación de dependencia.
A continuación enunciamos las modificaciones previstas en el Decreto 620/2021:
- El mínimo no imponible de la remuneración y/o del haber bruto se fija en la suma de $175.000 mensuales. Las remuneraciones que no superen este monto estarán exentas del pago del Impuesto a las Ganancias.
- Las personas que perciban una remuneración y/o haber superior a $175.000 y hasta la suma de $203.000 mensuales estarán alcanzados por el gravamen, pero gozarán de una deducción especial.
- El Sueldo Anual Complementario para las personas cuya remuneración y/o haber bruto no supere los $ 175.000 estará exento del pago del gravamen.
Las modificaciones enunciadas tendrán efecto retroactivo al 1 de septiembre de 2021.
Decreto 620/2021 | 23 de septiembre de 2021