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Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción

Decisión Administrativa 70/2021

9 de febrero de 2021

La Jefatura de Gabinete de Ministros, a partir de las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo, formula una serie de aclaraciones respecto de las acciones que deberán desarrollar la Administración Federal de Ingresos Públicos, el Banco Central de la República Argentina y la Comisión Nacional de Valores para controlar el cumplimiento de las condiciones a las que están sujetos los beneficiarios del Programa Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, que son las siguientes:

  • La AFIP expone los principales resultados del Programa, que aprobaron las recomendaciones efectuadas por este Comité.
  • En ese marco la AFIP, remitió al Banco Central de la República Argentina y a la Comisión Nacional de Valores el listado de beneficiarios que accedieron al Programa ATP a fin de que se realicen los controles decumplimiento de las condiciones estipuladas para la vigencia de los beneficios en cuestión.
  • Del análisis preliminar efectuado por distintas áreas técnicas, se podría dar lugar a la caducidad de alguno de los beneficios que fueron acordados en los términos previstos por el Programa ATP.
  • El Comité considera conveniente repasar las condiciones de vigencia estipuladas para los distintos beneficios, las facultades acordadas para realizar los controles pertinentes y, finalmente, los cursos de acción a seguir para sustanciar los procedimientos tendientes a declarar la caducidad de los beneficios y promover las acciones de recupero en los casos en que así corresponda. 

Publicado en el Boletín Oficial el 10 de Febrero de 2021.

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