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Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

RG 77/2021

22 de febrero de 2021

Se establece el plazo para la inscripción al Programa de Recuperación Productiva (REPRO II) para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de febrero de 2021, el cual estará comprendido entre los días 22 y 26 de febrero de 2021.

Se establecen las pautas a considerar respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II, de acuerdo al siguiente detalle:

  • Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación: enero de 2020 y enero de 2021. Para el caso de los empleadores que hayan iniciado su actividad económica a partir del 1° de diciembre de 2019, no se considerará este requerimiento.
  • Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: enero 2021.

Publicado en el Boletín Oficial el 23 de febrero de 2021.

Resolución N° 77/2021 | 22 de febrero de 2021
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