Impuestos indirectos y comercio exterior Ha sido salvado
Análisis
Impuestos indirectos y comercio exterior
Boletín semanal | 14 de julio, 2021
Invima actualiza Guías para el envase de alimentos y bebidas
La Dirección de Alimentos y Bebidas del Invima, informa que los trámites de autorización para artículos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas que sean fabricados con materiales plásticos reciclados y de autorización de envases plásticos para re-uso, han sido actualizados y están disponibles para consulta en https://www.invima.gov.co/documents/20143/436927/ASS-RSA-GU064-1.pdf y https://www.invima.gov.co/documents/20143/436927/ASS-RSA-GU054_1.pdf.
Las actualizaciones aplican para las solicitudes de autorización de los mencionados productos sean fabricados en el país o importados y dentro de las mismas se encuentran la posibilidad de presentar la solicitud para una gama de porcentajes de inclusión de material reciclado, una gama de tamaños o capacidades de los envases y una gama de tipos de alimentos y bebidas con los cuales puedan entrar en contacto, y de cambiar de referencia de colorante o pigmento para conferir el mismo color.
Finalmente, será posible utilizar en la fabricación de los envases, resinas plásticas técnicamente equivalentes a aquellas con las cuales se elaboraron las muestras que se llevan al laboratorio para los análisis requeridos.
Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA - Comunicado Web del 6 de julio de 2021
DIAN realiza algunas precisiones sobre el IVA en el traslado de la mercancía entre usuarios de zona franca
Mediante Oficio 100208221-751, la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina de la DIAN explica que cuando un usuario industrial produce un bien que vende a un tercero en el territorio aduanero nacional, debe expedir la correspondiente
factura sin liquidar el IVA, dado que éste se causa al momento de la nacionalización del bien, lo cual hará el tercero del territorio aduanero nacional que lo adquirió y no el usuario industrial.
Entre tanto, señala que cuando el tercero adquiriente del bien solicita el traslado de la mercancía entre usuarios de zona franca, no se configura una venta entre dichos usuarios, sino que se trata simplemente de un traslado de mercancías, para el cual el usuario industrial o comercial deberá aportar el documento comercial que ampare la operación y donde el ercero lo instruye sobre la remisión de las mercancías a otra zona franca, según el inciso 3 del artículo 492 del Decreto 1165 de 2019 y no sería exigible el pago de los impuestos a las importaciones.
Finalmente, indica la Entidad que el IVA se causará cuando el tercero en el territorio aduanero nacional, presente la declaración de importación correspondiente, liquidando los tributos aduaneros a que haya lugar, en atención a lo dispuesto en el literal d) del artículo 429 del Estatuto Tributario.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Concepto No. 100208221-751 del 28 de mayo de 2021
La DIAN aclaró requisitos y elementos sobre infracciones cambiarias continuadas
A través del Oficio 722 del 19 de mayo de 2021, la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina de la DIAN, realizó algunas aclaraciones sobre las infracciones cambiarias continuadas, sus elementos y requisitos de acuerdo con la normatividad propia de esta materia.
Así pues, la Entidad expone que los elementos estructurales para que se configure la infracción cambiaria continuada, son: a) Mismo sujeto infractor, es decir que la pluralidad de hechos constitutivos de infracciones sea ejecutada por un mismo sujeto, b) Misma infracción, o sea un incumplimiento de la misma obligación cambiaria, derivada de la misma norma y c) Misma conducta, es decir que sea la misma acción u omisión ejecutada en diferentes momentos.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Concepto No. 100208221-0722 del 19 de mayo de 2021
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