Análisis

Impuestos indirectos y comercio exterior

Boletín semanal | 20 de octubre, 2021

Nuevo Servicio de Interoperabilidad entre la VUCE y el Invima facilitará el trámite para el pago de tarifas de vistos buenos y autorizaciones de importación

Desde el 13 de octubre de 2021 se está ejecutando el servicio de interoperabilidad entre el módulo de importaciones VUCE 2.0 y el aplicativo de Registros sanitarios SQL, del Invima que permite validar la información de los pagos generados por las tarifas de Vistos buenos de importación y exportación, Autorizaciones, y Autorización de importación como medicamento vital no disponible para varios pacientes.

Adicionalmente, este servicio permitirá tener la trazabilidad y registro de la información financiera, con el fin de emitir el documento soporte de ingresos por tasas a los usuarios que realizan dichos trámites y que necesiten los soportes de dichas transacciones.

Los usuarios podrán consultar la información relacionada al trámite en el INSTRUCTIVO – PROCEDIMIENTO PAGO DE LAS TARIFAS VISTO BUENO Y AUTORIZACIÓN DE IMPORTACIÓN EXPEDIDOS POR EL INVIMA” en el enlace https://www.vuce.gov.co/vuce/media/docs/2021/pdf/Instructivo-Procedimiento-Pago-Visto-bueno-INVIMA-11oct2021.pdf.

De igual forma, podrán acudir al correo vuce2.0@mincit.gov.co que dispone el Ministerio de Comercio para resolver consultas sobre el procedimiento, mientras que las preguntas sobre las tarifas, verificación de pagos y emisión de documentos soportes, serán atendidas en el correo importacionesinvima@invima.gov.co.

Ventanilla Única de Comercio Exterior, VUCE - Comunicado de Prensa del 11 de octubre de 2021

Ventanilla Única de Comercio Exterior, VUCE - Comunicado de Prensa del 11 de octubre de 2021

Proyecto de Decreto pretende modificar el Decreto 419 que prohíbe fabricar, importar y exportar productos con mercurio

Mediante Proyecto de Decreto del 8 de octubre de 2021, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo, MinCIT, busca modificar el Decreto 419 del 2021, mediante el cual se prohíbe la fabricación, importación y exportación de los productos con mercurio añadido clasificados en las subpartidas arancelarias que corresponden al listado establecido en el Convenio de Minamata sobre el Mercurio.

Al respecto, el Proyecto Normativo establece cambios en las notas marginales de las subpartidas, elimina algunas subpartidas, excluye los repuestos y accesorios de los equipos biomédicos que no contengan mercurio y señala que el importador y/o exportador de los productos que no contengan mercurio deberán presentar ante la autoridad aduanera, declaración emitida por parte del Representante legal o apoderado del importador o exportador, donde se dé constancia de esta situación que podrá ser válida para varias operaciones de comercio exterior.

Los comentarios al proyecto de Decreto se podrán realizar hasta el 24 de octubre de 2021, al correo electrónico amonica@mincit.gov.co.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Proyecto de Decreto del 8 de octubre de 2021

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Proyecto de Decreto del 8 de octubre de 2021

DIAN aclara trámite sobre la expedición de concepto favorable o desfavorable para la asignación de contingente en la exportación de desechos y chatarra

Ha sido emitida la Resolución 108, a través de la cual la DIAN regula el trámite correspondiente a la emisión del concepto favorable o desfavorable para la asignación del contingente para las exportaciones de desperdicios y desechos de chatarra de fundición de hierro o acero y; lingotes de chatarra de hierro o acero.

En efecto, el concepto favorable o desfavorable será emitido por el Comité para Evaluación del Comportamiento Tributario, Aduanero y Cambiario y será comunicado únicamente al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante oficio suscrito por el Director de Gestión de Fiscalización.

En caso de que se identifique que el solicitante no se encuentra en paz y salvo por cualquier concepto con la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), el usuario podrá ponerse al día y acreditar la no existencia de deudas insolutas con el certificado de situación tributaria, de lo contrario el concepto se entenderá desfavorable.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Resolución No. 108 del 6 de octubre de 2021

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Resolución No. 108 del 6 de octubre de 2021
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