Impuestos indirectos y comercio exterior Ha sido salvado
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Impuestos indirectos y comercio exterior
Boletín semanal | 17 marzo, 2022
DIAN levanta suspensión de términos de algunos trámites aduaneros
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, ha levantado la suspensión de los términos establecidos en los literales b), c), d), e) y f) del artículo 2° de la Resolución 055 de 2020, modificado por el artículo 1° de la Resolución 62 de 2020, que se describen a continuación:
1. La permanencia de las mercancías bajo la modalidad de importación temporal para reexportación en el mismo estado, que hayan cumplido su plazo de permanencia en el territorio nacional, durante el término del estado de emergencia sanitaria siempre y cuando se demuestre la imposibilidad de reexportarlas.
2. Las solicitudes de habilitación, inscripción, autorizaciones y modificaciones de registros aduaneros y autorizaciones a Operadores Económicos Autorizados (OEA), siempre que se manifieste que no es posible atender lo solicitado.
3. El trámite de pérdida de la autorización, habilitación o inscripción del artículo 139 del Decreto 1165 de 2019, cuando el obligado aduanero manifieste dentro del término para dar respuesta al oficio la imposibilidad de dar respuesta debido al aislamiento obligatorio.
4. El término para resolver recursos de competencia de Dirección de Gestión de Aduanas, las Subdirecciones de Gestión de Registro Aduanero y de Gestión Técnica Aduanera, cuando el recurrente manifieste que no puede aportar las pruebas que se decreten o no puedan ser practicadas, debido al aislamiento obligatorio.
5. El término de los procesos de verificación de origen y el termino para la expedición de la resolución de ajuste del valor permanente, cuando el obligado aduanero manifieste dentro del término para dar respuesta al requerimiento, la imposibilidad de dar respuesta debido al aislamiento obligatorio.
En efecto, de conformidad con lo dispuestos por la DIAN, a partir del 10 de marzo de 2022, se han reanudado los mencionados términos.
Se establecen las fechas de los tres días sin IVA para el año 2022
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha publicado el Decreto 290 con el cual establece los días de exención del impuesto sobre las ventas -IVA para los bienes cubiertos contemplados en los artículos 37, 38 y 39 de la Ley 2155 de 2021, dentro de los cuales se encuentra vestuario, electrodomésticos, y bienes e insumos para el sector agropecuario.
Por tal motivo los días sin IVA se han estipulado para las siguientes fechas:
1. El once (11) de marzo de 2022,
2. El diecisiete (17) de junio de 2022, y
3. El dos (2) de diciembre 2022.
Mincomercio emite lineamientos para la Importación de Sustancias Controladas y No Controladas por el Ministerio De Justicia y del Derecho
Por medio de la circular 006 del 25 de febrero de 2022 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo modifica el numeral 1.5.1.1. de la Circular 00018 de 2020 que establece los requisitos exigidos para importar, por entidades como el Ministerio de Justicia, el Fondo Nacional de Estupefacientes, INDUMIL, ANLA, el Invima entre otras.
Con la Circular 006, el Ministerio aclara y precisa los requisitos aplicables para la importación de las sustancias y productos químicos controladas y para la importación de mezclas o productos previamente conceptuados por el Ministerio de Justicia y del Derecho como “No Controlados”.
Por lo anterior, la circular imparte lineamientos relacionados entre otros, con el Certificado de Carencia de Informe por Tráfico de Estupefacientes, solicitudes de licencia previa o registro de importación de sustancias y productos químicos y el Concepto Técnico de mezclas.
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Circular No. 006 del 25 de febrero de 2022
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Se reglamenta uso industrial del Cannabis
Mediante la Resolución 227 de 2022, los Ministerios de Justicia y del Derecho, de Agricultura y Desarrollo Rural, y de Salud y Protección Social han reglamentado el Decreto 811 de 2021, sobre las licencias y cupos para el acceso seguro e informado al uso de semillas de siembra, grano, plantas de cannabis, componente vegetal, cannabis, derivados de cannabis, y productos terminados que los contengan.
La Resolución en comento reglamenta actividades como la exportación, cultivo, producción, fabricación adquisición a cualquier título, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, y uso de las mencionadas materias estableciendo las disposiciones específicas aplicables a los tramites de licencias y cupos específicamente en lo relacionado con los requisitos, criterios para otorgarlos, trámites posteriores y demás disposiciones relativas a las actividades licenciadas.
Ministerios de Justicia y del Derecho, de Agricultura y Desarrollo Rural, y de Salud y Protección Social - Resolución No. 227 del 18 de febrero de 2022
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