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Boletín semanal | 9 de diciembre, 2022

El Banco de la República expidió el Concepto No. C22-112039, en relación con el marco regulatorio del dinero virtual y de los títulos representativos de dineros virtuales

El 28 de noviembre de 2022, el Banco de la República publicó el concepto Nro. C22-112039 del 25 de octubre de 2022, en relación con el marco regulatorio del dinero virtual y de los títulos representativos de dineros virtuales. Al respecto, se destacó lo siguiente:

  1. De acuerdo con los análisis efectuados hasta el momento por el Banco de la República, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), la Superintendencia de Sociedades (SS), la Unidad de Regulación Financiera (URF), la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), y en calidad de invitado, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), se ha concluido que los criptoactivos no son moneda, en tanto la única unidad monetaria y de cuenta que constituye medio de pago de curso legal con poder liberatorio ilimitado, es el peso emitido por el Banco de la República (billetes y monedas).
  2. Se indicó que, actualmente, la regulación colombiana no hace mención explícita a un marco específico para los criptoactivos y operaciones relacionadas con estos.
  3. Finalmente, el concepto hace referencia al sandbox que está en etapa de prueba, para llevar a cabo transacciones de cash-in y cash-out con plataformas de intercambio de criptoactivos (exchanges) a través de entidades del sistema financiero vigiladas por la SFC.
     

Banco de la República, Secretaría de la Junta Directiva

Concepto Nro. C22-112039 del 25 de octubre de 2022

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La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) expidió la Circular Externa 026 de 2022

El 29 de noviembre de 2022, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) expidió la Circular Externa 026 de 2022, mediante la cual impartió instrucciones a los establecimientos de crédito en relación con la constitución de provisiones por riesgo sobre la cartera de consumo. Al respecto, se destacó lo siguiente:

  1. Modifica el numeral 5 del Anexo 5 del Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF) correspondiente al cálculo de la pérdida esperada en el modelo de referencia para la cartera de consumo, incorporando un factor “K” que reconozca el riesgo por el mayor apalancamiento de los deudores.
  2. Instruye a los establecimientos de crédito para que efectúen un análisis prospectivo del potencial deterioro en la cartera de consumo, informando factores mínimos que se deben tener en cuenta para el referido análisis.
  3. Otorga a las entidades destinatarias de la circular hasta el 31 de diciembre de 2022, para constituir una provisión del riesgo detectado como consecuencia del referido análisis prospectivo.
     

Superintendencia Financiera de Colombia

Circular Externa Nro. 026 del 29 de noviembre de 2022

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Contacto

Victoria Morales Botero
Socia Impuestos y Servicios Legales
vmoralesb@deloitte.com

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