Análisis

Legal Corporativo

Boletín semanal | Edición 17 / 01 / 17

Congreso de la República de Colombia

El Congreso de la República de Colombia mediante las leyes 1822 y 1823 de 2017 modificó y creó algunos beneficios para las mujeres que se encuentran en licencia de maternidad. Mediante la modificación del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, el legislador ha determinado que las mujeres que den a luz tendrán derecho a disfrutar de 4 meses y medio de licencia de maternidad (18 semanas). La legislación anterior contemplaba un periodo de licencia de maternidad de 14 semanas. La norma no modificó la duración de la licencia de paternidad, que se mantiene en 8 días (Ley 1822 de 2017).

Por otra parte, las modificaciones contemplaron la creación de salas amigas de la familia lactante en el entorno laboral. Así las cosas, las Entidades Públicas Territoriales y las empresas privadas están obligadas a acondicionar lugares dignos para que las trabajadoras en estado de lactancia puedan atender las necesidades alimenticias de los recién nacidos. Las empresas privadas con capitales iguales o superiores a 1.500 salarios mínimos o aquellas con capitales inferiores a 1.500 salarios mínimos con más de 50 empleados tendrán el plazo de 6 meses para crear las salas amigas de la familia lactante. Aquellas empresas con más de 1.000 empleados tienen un plazo de 2 años para adoptar las medidas señaladas. (Ley 1823 de 2017).

Leyes 1822 y 1827 de 2017

Congreso de la República de Colombia

Bogotá, 5 de enero de 2017.

Descargue el documento

Superintendencia de Industria y Comercio

Definen monto para informar operaciones de concentración empresarial durante el 2017

Mediante la Resolución 90556 de 2016, que entró en vigencia el 29 de diciembre del mismo año, la Superintendencia de Industria y Comercio fijó en 60.000 salarios mínimos mensuales los ingresos operacionales y los activos que se tendrán en cuenta para la obligación de informar a dicha Entidad sobre las operaciones que proyecten llevar a cabo para efectos de fusionarse, consolidarse, adquirir el control o integrarse cualquiera sea la forma jurídica de la operación proyectada en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de enero de 2017.

Resolución 90556 de 2016

Superintendencia de Industria y Comercio

Bogotá, 29 de diciembre de 2016

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)

Cambios en la declaración de renta por cambio de titularidad de la inversión extranjera

Mediante el comunicado del 30 de diciembre de 2016, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (en adelante DIAN) señaló que toda persona extranjera sin domicilio en Colombia que tenga una inversión en el país, debe cumplir con la declaración de renta y complementarios con pago del impuesto a cargo generado por cada operación, directamente o través de su apoderado. Los recientes cambios realizados a esta obligación se destacan la declaración de manera virtual y la posibilidad de tener una sola declaración, tanto en personas naturales como jurídicas, asimismo, desde el 1 de enero el formulario a utilizar será el 150, sin embargo, las correcciones o declaraciones del año 2016 se deberán hacer mediante el formulario 110 para personas jurídicas y 210 para personas naturales.

Comunicado del 30 de diciembre de 2016

DIAN

Bogotá, 30 de diciembre de 2016

Descargue el documento
¿Le pareció útil este contenido?