Costa Rica

Perspectivas

Aspectos a considerar al viajar a Costa Rica

Por: Adriana Herrero, Consultora Senior de Servicios Legales, Especialista en Mobility

Así como Estados Unidos y Canadá exigen a los extranjeros de ciertas nacionalidades portar una visa para autorizarles el ingreso a su territorio, Costa Rica también aplica la misma práctica.

La lista de requerimientos de ingreso variará dependiendo de la ciudadanía del extranjero, pero los más importantes son la necesidad de obtener una visa de entrada, el tiempo de validez mínimo que debe tener el pasaporte y el plazo de tiempo que le será permitido permanecer en el país.

A finales del año 2018, por medio de la Circular DG-29-09-2018, la Dirección General de Migración y Extranjería publicó nuevos lineamientos sobre los requisitos de entrada para los extranjeros no-residentes. Entre los cambios más importantes está el requerimiento de portar un pasaporte o documento de viaje de lectura mecánica; ya no serán aceptados los documentos que no cumplan con este requerimiento.

En esta circular se hace una división de dos grupos: el grupo ingreso sin visa consular y el grupo ingreso con visa consular restringida. Dentro del primer grupo, encontramos a nacionalidades como Alemania y México, quienes podrán viajar a Costa Rica sin necesidad de obtener una visa consular, el pasaporte podrá tener hasta un día de validez y podrán permanecer en el territorio hasta 90 días. Dentro del mismo grupo se establecen las nacionalidades de Bolivia y Guatemala, quienes tendrán los mismos requerimientos mencionados; sin embargo, a ellos se les requerirá un documento de viaje con una vigencia mínima de 3 meses.

En el segundo grupo se encuentran quienes tienen un tratamiento más condicionado, como por ejemplo Ecuador y Tailandia. A ellos se les requerirá una visa consular previamente estampada en un pasaporte que tenga al menos 6 meses de vigencia, y la permanencia máxima será de 30 días. Dentro de este mismo grupo se establecen las nacionalidades que se conocen como “restringidas”, las cuales aparte de cumplir con los requisitos mencionados anteriormente también deben cumplir con la consulta a la Comisión de Visas; ejemplos de este último sería Cuba y Afganistán.

El proceso de obtención de estos permisos de entrada generalmente es completado en los consulados respectivos, localizados en el país de origen o de residencia del extranjero solicitante. El tiempo de procesamiento y lista de requerimientos, variará de consulado en consulado y, como regla general, es un procedimiento personalísimo que no permite intervención de terceras partes; es decir, la presencia física del extranjero durante el proceso será imperativa en la mayoría de los casos.

Teniendo esta información en cuenta, y en aras de cumplir con lo establecido por la regulación migratoria de Costa Rica, será siempre importante que los viajantes foráneos y/o empresas contratantes de talento extranjero, de previo a completar el viaje, verifiquen y se informen sobre los requerimientos de entrada al país.

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