Obligaciones de las sociedades inactivas Ha sido salvado
Deloitte en la prensa
Obligaciones de las sociedades inactivas
Las sociedades inactivas son sociedades mercantiles que no desarrollan una actividad económica, por lo tanto, este tipo de sociedades, no emiten facturas, no registran ingresos y por su propia naturaleza no determinan utilidades al cierre de cada periodo fiscal, o sea, no hay un impuesto sobre la renta que pagar. Estas sociedades son las que fueron constituidas en su momento para la compra de casas, vehículos, fincas, terrenos y cualquier otra inversión cuyo fin no fuera su explotación para generar utilidades.
Dentro de las principales obligaciones que deben hacer frente las sociedades inactivas están:
El pago del impuesto a las personas jurídicas, que en el caso de las sociedades sin actividad lucrativa les corresponde pagar un 15% del salario base, o sea, ¢69.330,00. Los obligados contarán con plazo hasta el 31 de enero para cumplir con este pago sin intereses ni multas y lo podrán cancelar por medio de los servicios de conectividad bancaria que poseen las entidades bancarias en sus páginas web.
Además, tienen la obligación del pago del impuesto del timbre de Educación y Cultura, el cual se determina en función del capital neto de la sociedad, el rango del impuesto por pagar va de ¢5.000,00 a ¢18.000,00 y el plazo máximo para su pago es el 31 de marzo. Hay que tomar en cuenta que, dependiendo del bien que esté inscrito en la sociedad inactiva, procede el pago ante la municipalidad correspondiente del Impuesto de Bienes Inmuebles, así como el Impuesto a las llamadas casas de lujo y cuando corresponda, el pago del marchamo, este último si se tienen vehículos inscritos.
Finalmente, siendo este el primer año, a más tardar el 15 de marzo se debe presentar la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente a los periodos fiscal 2020 y 2021. Esta declaración la presentarán todas las personas jurídicas constituidas en el país que no desarrollen una actividad económica y que en su momento se hayan inscrito bajo el código 960113.
La obligación es solo de presentación de la declaración, no así de pago del impuesto, es más, la declaración no contempla casillas para la determinación de la base imponible. Es importante tomar en cuenta que para preparar esta declaración se debe contar con una contabilidad, que si bien es cierto, sería muy básica, sí deben contemplar efectos de la depreciación de los activos, además de registrar como contrapartida, la fuente de compra del bien, pudiendo ser capital, pasivo o efectivo; esto dependerá de cual fue el medio utilizado para adquirir el activo.
De no presentar esta declaración, aplicará las sanciones correspondientes en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Publicado en El Financiero
15 de enero de 2022