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Gobierno publica actualización de Canasta Básica Tributaria

15 de noviembre de 2022

Tax Flash

El 11 de noviembre se publicó el decreto ejecutivo N° 43790-H-MEIC-S denominado Reglamentación de lista de bienes que conforman la canasta básica tributaria por el bienestar integral de las familias y que entrará a regir el 1 de febrero de 2023. La publicación se realizó en el alcance N° 243 del diario oficial La Gaceta.

A los bienes contenidos en la lista actualizada se les aplicará una tarifa del impuesto sobre el valor agregado (IVA) del 1%.

Los productores agropecuarios de la Canasta Básica Tributaria por el Bien de las Familias (CBTBIF) tendrán derecho a adquirir los bienes y servicios a la tarifa reducida del 1 % del IVA, cuando el servicio contratado esté directamente relacionado con el bien incluido en la CBTBIF vigente o con un insumo de esta, y que se encuentren inscritos ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) como un productor agropecuario o en el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca) como pescador comercial.

Asimismo, todos los que estén inscritos ante el Ministerio de Hacienda; el Registro de Comercializadores, Distribuidores y Productores de Canasta Básica Tributaria y los contribuyentes inscritos ante el Régimen Especial Agropecuario, también tendrán derecho a adquirir los bienes y servicios a la tarifa reducida del 1 % del IVA.

La lista actualizada puede consultarla aquí.

Government publishes an update of the products that are part of the Basic Basket

On November 11th, executive decree No. 43790-H-MEIC-S was published under the name of Regulation of the list of goods that make up the basic tax basket for the integral wellbeing of families, which will come into force on February 1st, 2023. The publication was made in the scope N° 243 of the official newspaper La Gaceta.

The goods in the updated list will be subject to a value-added tax (VAT) rate of 1%.

Agricultural producers of the "Basic Basket for the Good of the Families" (CBTBIF) will be entitled to acquire the goods and services at the reduced VAT rate of 1% when the contracted service is directly related to the goods included in the current CBTBIF or to an input thereof, and who are registered with the Ministry of Agriculture and Livestock (MAG) as an agricultural producer or with the Costa Rican Institute of Fisheries and Aquaculture (Incopesca) as a commercial fisherman.

Likewise, all those who are registered with the Ministry of Finance, the Registry of Marketers, Distributors, and Producers of the Basic Basket, and taxpayers registered with the Special Agricultural Regime will also be entitled to acquire goods and services at the reduced VAT rate of 1%.

Las afirmaciones y consideraciones aquí expresadas constituyen nuestra opinión profesional, que podría no ser compartida por las autoridades administrativas, judiciales, o por otras personas, razón por la cual no asumimos ninguna responsabilidad por eventuales sanciones y/o condenas que se puedan derivar de la aplicación de las mismas. Sin embargo, reiteramos que nuestra opinión tiene soporte legal y técnico para ser debatida ante las autoridades de impuestos.

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