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Dirección General de Aduanas emite resolución para escanear contenedores y mercancías

3 de marzo de 2023

Global Trade Advisory Alert

La primera etapa de este procedimiento se aplicará en el puerto P036 de APM Terminals Moín

A partir del 28 de febrero de 2023 entró a regir la resolución MH-DGA-RES-0224-2023 del Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Aduanas (DGA) en la que se autoriza la emisión del “Procedimiento para el escaneo de contenedores y mercancías al ingreso al país (MH-DGA-PRO01-PCD-002)”.

El procedimiento MH-DGA-PRO01-PCD-002 forma parte de los controles inteligentes que utiliza tecnología no intrusiva para ejercer el control aduanero. Todas las autoridades involucradas serán responsables de velar por el debido cumplimiento de lo establecido en este procedimiento.

¿Cómo saber si mi contenedor debe ser escaneado?

Al momento de generar la Declaración Única Aduanera (DUA) el declarante recibirá un mensaje en su casillero, donde se le indicará que le corresponde hacer una revisión por escáner.

Por su parte, el desarrollo de este procedimiento contará con un Centro de Inspección Remoto (CIR) y esta es la única entidad autorizada para solicitar el reescaneo de una unidad contenedora. El reescaneo procederá cuando la imagen tomada en el primer escaneo no sea clara y tenga defectos.

Es importante resaltar que los costos de aquellas inspecciones no intrusivas solicitadas por el usuario final y realizadas por la autoridad portuaria, deberán ser cubiertas por el usuario final ya que estas no están sujetas a lo definido en este procedimiento.

La primera etapa de este procedimiento se aplicará en el puerto P036 de APM Terminals Moín.

Para consultar el procedimiento completo puede acceder a este enlace.

Lea la resolución completa aquí.

General Directorate of Customs issues resolution to scan containers and goods

The first stage of this procedure will be applied in port P036 of APM Terminals Moín

As of February 28th, 2023, resolution MH-DGA-RES-0224-2023 of the Ministry of Finance and the General Directorate of Customs (DGA) came into force, authorizing the issuance of the "Procedure for the scanning of containers and goods upon entry into the country (MH-DGA-PRO01-PCD-002)".

MH-DGA-PRO01-PCD-002 is part of the intelligent controls that use non-intrusive technology to exercise customs control. All authorities involved will be responsible for ensuring due compliance with the provisions of this procedure.

How do I know if my container must be scanned?

When generating the Single Customs Declaration (SAD), the declarant will receive a message in their box, indicating that they are required to undergo a scanner check.

This procedure will be carried out by a Remote Inspection Center (RIC), and this is the only entity authorized to request the rescanning of a container unit. The rescanning will proceed when the image taken in the first scan is unclear and has defects.

It is essential to highlight that the end user must cover the costs of those non-intrusive inspections requested by the end user and carried out by the port authority, since they are not subject to what is defined in this procedure.

The first stage of this procedure will be applied in port P036 of APM Terminals Moín.

To consult the complete procedure, you can access this link.

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