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Dirección General de Tributación emite declaración informativa para personas jurídicas inactivas

30 de marzo de 2023

Tax Flash

En 2023 obligación vencerá por única vez el 31 de mayo y en próximos años plazo vencerá a finales de abril

Los obligados tributarios que deben presentar la declaración de personas jurídicas inactivas tendrán tiempo de hacerlo hasta el próximo 31 de mayo. Por esta razón, la Dirección General de Tributación (DGT) publicará el formulario “Declaración informativa de personas jurídicas inactivas D-195” en la plataforma Administración Tributaria Virtual (ATV) del Ministerio de Hacienda, a partir del 24 de abril.

Cabe destacar que por esta única vez en el 2023 la obligación vencerá el 31 de mayo, no obstante, en los próximos años el plazo vencerá el 30 de abril.

El miércoles 29 de marzo el Ministerio de Hacienda publicó, en el alcance número 55 de La Gaceta número 58 del 29 de marzo de 2023, la resolución MH-DGT-RES-0007-2023 de las ocho horas y cinco minutos del 27 de marzo de 2023, donde regula la forma en que las personas jurídicas inactivas deberán presentar su declaración informativa anual.

La resolución contempla una serie de definiciones y pautas referentes a las personas jurídicas, tales como:

  • La forma en que se inscribirán de oficio las personas jurídicas en el Registro Único Tributario (RUT).
  • Cómo se debe suministrar la información en el RUT.
  • El deber de presentación de la declaración informativa de las personas jurídicas, las sanciones aplicables y la desinscripción de oficio de las personas jurídicas que se liquidan.

La norma establece de forma transitoria que, aquellas personas jurídicas inactivas que a la fecha de vigencia de la presente resolución hayan cumplido con el deber formal de presentar la declaración informativa correspondiente a los períodos fiscales ordinarios 2020, 2021 y 2022 con el formulario simplificado D-101 del impuesto sobre las utilidades, no deberán presentar una nueva declaración mediante el formulario denominado “Declaración informativa de personas jurídicas inactivas D-195”.

En caso de que no se haya cumplido con el deber formal mediante el formulario simplificado D-101, el obligado sí deberá presentar una declaración informativa para cada uno de los períodos pendientes mediante el formulario D-195.

Es importante recordar que se consideran personas jurídicas inactivas aquellas registradas ante la Administración Tributaria únicamente bajo el código de actividad económica “960113 Persona jurídica legalmente constituida”.

A continuación, puede descargar el formato de la declaración y la guía de llenado de la declaración D-195.

Anexo 1: Formato de la declaración D-195

Anexo 2: Guía de llenado de la declaración D-195

General Directorate of Taxation issues informative declarations for inactive legal entities

In 2023 the obligation will expire only once on May 31st, and in the following years, the deadline will expire at the end of April.

Taxpayers who must file the declaration of inactive legal entities will have time until May 31st. For this reason, the General Directorate of Taxation (DGT) will publish the form "Informative Declaration of inactive legal entities D-195" in the Virtual Tax Administration (ATV) platform of the Ministry of Finance from April 24th.

For this single time in 2023, the obligation will expire on May 31st; however, in the following years, the deadline will expire on April 30th.

On Wednesday, March 29th, 2023, the Ministry of Finance published, in scope number 55 of La Gaceta number 58 of March 29th, 2023, resolution MH-DGT-RES-0007-2023 of eight hours and five minutes of March 27th, 2023, which regulates how inactive legal entities must file their annual informative declaration.

The resolution contemplates a series of definitions and guidelines regarding legal entities, such as:

  • How legal persons shall be registered ex officio in the Single Tax Registry (RUT).
  • How information must be provided in the RUT.
  • The duty to file the informative declaration of legal entities, the applicable penalties and the ex officio deregistration of legal entities that are liquidated.

The rule establishes on a transitory basis that those inactive legal entities that, as of the effective date of this resolution, have complied with the formal duty to file the informative return corresponding to the ordinary tax periods 2020, 2021, and 2022 with the simplified form D-101 of the tax on profits, shall not have to file a new return through the form called "Informative return of inactive legal entities D-195".

In case the formal duty has yet to be complied with through the simplified form D-101, the taxpayer must file an informative return for each of the pending periods through form D-195.

It is important to remember that inactive legal entities are considered to be those registered before the Tax Administration only under the economic activity code "960113 Legal entity legally constituted".

Below, you can download the declaration format and the guide for filling out the D-195 declaration.

Anex 1: Format for filling out the D-195 declaration

Anex 2: Guide for filling out the D-195 declaration

Las afirmaciones y consideraciones aquí expresadas constituyen nuestra opinión profesional, que podría no ser compartida por las autoridades administrativas, judiciales, o por otras personas, razón por la cual no asumimos ninguna responsabilidad por eventuales sanciones y/o condenas que se puedan derivar de la aplicación de las mismas. Sin embargo, reiteramos que nuestra opinión tiene soporte legal y técnico para ser debatida ante las autoridades de impuestos.

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