Criterios asignación fondos europeos

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Criterios para el acceso a las ayudas de los fondos europeos

La legislación europea fija los criterios de implementación de los mecanismos de recuperación del programa Next Generation EU 

La pandemia por el brote de la COVID-19 ha llevado a la Unión Europea a impulsar el programa Next Generation EU para recuperar la economía y fortalecer su resiliencia ante adversidades como las acontecidas en este 2020. Aunque que el Régimen General de Ayudas de Estado de la UE prohíbe de un modo genérico que estas se produzcan, la situación actual ha llevado a la Comisión Europea a dar luz verde a las mismas siempre que se cumplan una serie de estrictos requisitos.

Estos tienen que ver con el origen de los fondos, las ventajas que ofrecen, los criterios de selección y los efectos que pueden tener en la libre competencia y el comercio entre los distintos Estados de la UE. En caso de incumplimiento de las condiciones fijadas, se contempla la devolución con intereses de los fondos otorgados.

¿Quién puede acogerse a las ayudas?

Para autorizar las ayudas dedicadas a mitigar el impacto de la COVID-19 de un modo ágil, la Comisión autorizó en marzo un Marco Temporal basado en varios artículos del Tratado de Funcionamiento de la UE.

La norma que hace referencia a las medidas frente a acontecimientos de carácter excepcional (107.2.b TFUE) incide en tres puntos relevantes:

1.     El primero indica que las ayudas se autorizan automáticamente si cumplen con unas condiciones concretas.

2.     El segundo, que las ayudas deben ir dirigidas a sectores especialmente afectados por la crisis, como lo son en este caso el turismo, la hostelería, el transporte o la cultura, entre otros.

3.     El tercer punto aclara que los fondos se dedicarán exclusivamente a compensar los daños ya pasados por la pandemia de la COVID-19 y no servirán para paliar daños futuros.

En todo caso, con respecto al programa Next Generation EU, no se excluye ningún sector, pero sí que se incide en la necesidad de que los proyectos susceptibles de obtener fondos europeos deban estar alineados con los cuatro ejes prioritarios de actuación: transformación digital, transición ecológica, cohesión social y territorial, e igualdad.

Condiciones de acceso e implementación de las ayudas

El Marco Temporal aprobado por la Comisión (107.3.b y 107.3.c TFUE) contribuye a su adecuada implementación, ya que fija las condiciones para acceder a las ayudas de una manera flexible y rápida. En este Marco se definen los diferentes instrumentos a través de los cuales se puede implementar el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).

De este modo, las ayudas pueden canalizarse a través de subvenciones directas, ventajas fiscales, garantías y bonificaciones de préstamos, ayudas a la I+D, ayudas a productos sanitarios, medidas de recapitalización o aplazamiento de impuestos y cotizaciones, entre otros mecanismos. Cada país debe definir dentro de este Marco su propio plan de recuperación, teniendo en cuenta los objetivos a impulsar definidos para el conjunto de la UE.

En España, Los fondos de Next Generation EU se materializarán a través de los Presupuestos Generales del Estado, una vez que la Comisión Europea apruebe el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). En el caso de nuestro país será la Administración General del Estado quien transfiera los fondos a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, a través de convenios y subvenciones alineadas siempre con los objetivos fijados desde Bruselas.

Balancing Test: el análisis económico de las ayudas de Estado

Con la intención de evitar posibles distorsiones en la libre competencia y en el comercio entre los Estados miembro y, al mismo tiempo, asegurar los beneficios socioeconómicos de las ayudas, el marco europeo incorpora un análisis de los efectos positivos y negativos que éstas pueden tener sobre la economía. Estos efectos son determinantes a la hora de seleccionar a dónde van las ayudas.

En cuanto a los efectos positivos, es preciso analizar en primer lugar si existe un fallo de mercado específico que justifique la necesidad de ofrecer ayudas. En caso afirmativo, las propuestas que opten a las ayudas deben permitir la corrección de ese fallo y estar bien enfocadas en la consecución de una solución concreta. La propuesta elegida debe ser la más adecuada para alcanzar el objetivo. 

En el caso del programa Next Generation EU hay que ir un paso más allá y demostrar que las ayudas concedidas impulsan de un modo efectivo los objetivos fijados por el plan: transformación digital, cohesión social y territorial, transición ecológica e igualdad. Las propuestas no pueden estar orientadas a la financiación de pérdidas o costes corrientes, ineficiencias o proyectos que se financiarían en cualquier caso de manera privada, sin necesidad de ayuda.

El análisis de los posibles efectos negativos de las ayudas se centra en evitar problemas de competencia en el mercado o distorsiones en el comercio entre Estados Miembros. Por eso, a la hora de analizar las propuestas se estudiaría si las ayudas pueden alterar la estructura del mercado y qué efecto tendrían sobre los consumidores.

A la hora de elaborar y presentar los proyectos, resulta clave definir cuál es el mercado relevante en el que impacta la ayuda y qué repercusiones puede tener ésta sobre la competencia. En este sentido, conviene centrarse en proyectos transversales, capaces de impulsar un sector y la propia economía en su conjunto.

En último término, la ayuda solicitada deberá gestionarse de un modo transparente y aliviará, en todos los casos, una situación de desventaja causada por la pandemia de la COVID-19.