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La autolegislación de los eSports

La Liga de Videojuegos Profesional (LVP) ha tomado las riendas para establecer una normativa que aporte una mayor seguridad y transparencia

Artículo de opinión escrito por Marc Pujolas, asociado de Deloitte Legal

Cada vez son más las voces que se han dirigido al legislador para exigir un marco regulatorio definido que establezca las reglas del juego desde el punto de vista legal para los eSports. No obstante, hasta la fecha, la legislación de nuestro país se ha mantenido inmóvil. Como consecuencia de dicha situación, la Liga de Videojuegos Profesional (LVP) ha tomado las riendas para establecer una normativa que aporte una mayor seguridad y transparencia.

En este sentido, a inicios del mes de marzo la LVP comunicó su ingreso en la eSports Integrity Colition (ESIC), una asociación internacional sin ánimo de lucro formada por numerosos agentes de la industria de los eSports y que se encarga de velar por la integridad de las competiciones y luchar contra las trampas o posibles formas de manipulación.

De hecho, una de las mayores funciones del ESIC es elaborar códigos, formar a los actores del mundo de los eSports y resolver los conflictos que puedan surgir durante los diferentes torneos. En este aspecto, la LVP ha apostado por dar una mayor transparencia a la Superliga Orange mediante la entrada en vigor de la siguiente normativa: código de conducta, código ético y código anticorrupción.

Dicha regulación se aplica a todos los jugadores y equipos inscritos, a cualquier miembro del staff de los equipos (entrenadores, managers, propietarios, doctores, etc.) y a todos los empleados de la LVP. Como vemos, esta normativa afecta a todos los actores que tienen un contacto directo con la competición y pretende tipificar, principalmente, cualquier participación en apuestas y/o actos de corrupción, así como el uso indebido de información privilegiada.

Asimismo, y al encontrarnos ante una normativa de carácter privado, la potestad disciplinaria se limita a los órganos competentes de la LVP y de ESIC. No obstante, conscientes de sus limitaciones, el código anticorrupción prevé que cualquier investigación pueda realizarse conjuntamente con las autoridades competentes (incluidas las “autoridades penales, administrativas, profesionales y/o judiciales”), lo que abre la puerta a que los juzgados y tribunales empiecen a tratar, aunque sea indirecta y puntualmente, las vicisitudes del mundo de los eSports.

Por último, destacar que las sanciones previstas en el código disciplinario se encuadran en un período mínimo de suspensión de 3 meses a un máximo de 5 años, permitiendo la imposición de una multa a discreción del Comisionado de Integridad y el Tribunal Anticorrupción.

De este modo, la entrada en vigor del referido marco normativo y el temor a una importante sanción exigen que todos los actores se nutran de un debido asesoramiento previo para concienciarse de las actuaciones susceptibles de ser consideradas infracción. Ya lo dice el refrán: más vale prevenir que curar.

Artículo de opinión escrito por Marc Pujolas, asociado de Deloitte Legal, y publicado en Palco 23 el 10 de septiembre de 2018.