Cambio climático

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El Gobierno remite el proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética a las cortes

Legal Alert

El Consejo de Ministros remitió a las Cortes el proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética (“PLCCTE”) para de esta manera iniciar su tramitación parlamentaria, después de su paso por las conferencias sectoriales de energía y de medio ambiente y por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (“CNMC”).

El objetivo de esta Legal Alert de Deloitte Legal es el de poner el foco en aquellas novedades más relevantes del proyecto de ley, que tiene como objetivo principal alcanzar la neutralidad de emisiones para el año 2050.

En un contexto de reactivación de la economía frente a la crisis sanitaria y económica provocada por el COVID-19, el PLCCTE tiene como misión posicionar las energías renovables y la eficiencia energética como las principales palancas que impulsen el crecimiento económico y el empleo en los próximos 30 años.

Objetivos para la neutralidad climática

A través del PLCCTE se incorpora al ordenamiento jurídico como objetivo principal la neutralidad climática en el año 2050 –siendo más ambicioso que el Acuerdo de París-. Con esta finalidad en el horizonte, se establecen los siguientes objetivos a 2030:

- Reducción de al menos un 20% de las emisiones de gases de efecto invernadero respecto al año 1990.
- Una penetración en el consumo de energía final de al menos un 35 % de energías de origen renovable.
- Al menos un 70% de la generación en el sistema eléctrico sea de energías de origen renovable.
- Disminución de al menos un 35% del consumo de energía primaria con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria.

Se prevé la posibilidad de revisar los objetivos, si bien, debe respetarse el principio de no regresión, no pudiendo implicar una rebaja o un retroceso cuantitativo ni cualitativo respecto de los niveles de protección ambiental existentes en cada momento, salvo por razones de interés público.

Herramientas de Acción Climática

El PLCCTE sienta las bases para la consecución de sus fines y el cumplimiento de los compromisos adquiridos a través de la planificación estratégica, que en el ámbito nacional se materializa en primer lugar en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, una herramienta que servirá para integrar los objetivos y contribuciones cuantitativas a alcanzar por todos los sectores económicos en distintos ámbitos, así como las políticas y medidas a adoptar para alcanzar dichos objetivos. El primero de estos planes abarca el período 2021-2030 y dibuja un ambicioso horizonte en términos de porcentajes de reducción de emisiones (un 23% respecto a 1990 al finalizar esta década), de incremento de penetración de energías renovables en el consumo final (hasta un 42%), de aumento de la presencia de energías limpias en el sistema eléctrico (hasta el 74%), y de mejora de la eficiencia energética (en un 39,6%).

La segunda gran herramienta de acción climática que se prevé es la Estrategia de Descarbonización a 2050, que permitirá establecer una senda de reducción de emisiones y de incremento de las absorciones por los sumideros por todos los sectores económicos con un horizonte a largo plazo. Esta estrategia será revisable cada cinco años y resultará esencial para el cumplimiento de los objetivos marcados por la Unión Europea.

La CNMC, en su informe nº IPN/CNMC/004/20, de 9 de marzo de 2020 (el “Informe”), ha valorado positivamente, además de la vocación transversal que presenta la norma, la concreción a través de estas dos herramientas de ámbito nacional, de objetivos medibles y cuantificables en los horizontes temporales 2030 y 2050, lo cual redunda en dotar de claridad y seguridad jurídica tanto a las Administraciones Públicas como a los agentes privados e inversores.

En el ámbito de la planificación el PLCCTE apunta asimismo tanto a las Comunidades Autónomas, a las que insta a informar a partir del 31 de diciembre de 2021 a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático de todos sus planes de energía y clima en vigor, como al resto de agentes económicos y sociales, en relación con los cuales dispone que los planes, programas, estrategias, instrumentos y disposiciones de carácter general que se adopten en este ámbito habrán de llevarse a cabo bajo fórmulas abiertas que garanticen su participación así como la del público en general.

Energías Renovables

El PLCCTE contempla que las nuevas concesiones sobre dominio público hidráulico para la generación de energía eléctrica tengan como prioridad el apoyo a la integración de las tecnologías renovables en el sistema eléctrico, promoviéndose al efecto las denominadas centrales hidroeléctricas reversibles (centrales que pueden ser empleadas al efecto de almacenar energía), en la medida en que éstas sean compatibles con derechos de terceros, así como con los estándares de protección ambiental aplicables.

Además, se prevé el fomento gubernamental, a través de planes específicos, de los denominados gases renovables(esto es, el biogás, el biometano, el hidrógeno, y todos aquellos gases en cuya fabricación se hayan usado exclusivamente materias primas y energías renovables o permitan la reutilización de residuos o subproductos orgánicos). Al efecto, podrán fijarse objetivos anuales de penetración, con imposición de obligación de uso a determinados sujetos, establecerse sistemas de certificación destinados a verificar el cumplimiento de las referidas obligaciones de penetración, e implementarse regulaciones que favorezcan la inyección de los gases renovables en la red de gas natural.

Nuevo marco retributivo para la producción renovable

El PLCCTE establece un nuevo régimen retributivo, basado en el reconocimiento a largo plazo de un precio fijo por la energía, cuyo fin último será favorecer la previsibilidad y estabilidad en los ingresos y financiación de las nuevas instalaciones de generación renovable.

Este nuevo régimen retributivo, que deberá ser objeto de desarrollo reglamentario, se otorgará mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, en el que se podrán efectuar distinciones entre diferentes tecnologías de generaciónen función de sus características técnicas, niveles de gestionabilidad, criterios de localización y madurez tecnológica. Se promueve así la participación en los procedimientos competitivos de tecnologías renovables complementarias a la eólica y a la fotovoltaica.

La CNMC apunta en su Informe la necesidad de valorar su compatibilidad con el régimen europeo de ayudas de Estado(que, recordemos, permite otorgar una retribución a las energías renovables en tanto no resulten competitivas), poniendo asimismo de manifiesto el potencial solapamiento entre el nuevo régimen retributivo y el ya vigente régimen retributivo específico, toda vez que ambos parecen haber sido concebidos para un mismo fin: garantizar cierta estabilidad económica a los desarrolladores al efecto de alentar la ejecución de proyectos de producción de energía eléctrica de origen renovable.

Eficiencia energética y rehabilitación de edificios

La eficiencia energética constituye otra de las palancas para la reactivación de la economía española en el corto plazo y permite el creciente empoderamiento del ciudadano, situándolo por vez primera en el centro del sistema eléctrico.

Las principales medidas introducidas por el PLCCTE se concentran en el ámbito de la rehabilitación energética de edificios. De acuerdo con el texto legal, el Gobierno promoverá y facilitará el uso eficiente de la energía y el uso de fuentes renovables en la edificación, alineando la estrategia a largo plazo para la renovación de edificios con los objetivos de los sucesivos Planes Integrados de Energía y Clima.

Para atraer recursos hacia las acciones de eficiencia energética, el proyecto amplía hasta el 31 de diciembre de 2030 las aportaciones al Fondo de Eficiencia Energética, de acuerdo con lo previsto en la nueva Directiva de Eficiencia Energética.

Movilidad sostenible y puntos de recarga

Se fija el objetivo de un parque móvil de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2 para para el año 2050, de manera que “no más tarde del año 2040” los vehículos turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos sean 0 emisiones.

Para alcanzar la descarbonización del sistema de movilidad, el PLCCTE considera necesario el despliegue del sistema de recarga para vehículos eléctricos. Para ello, recoge la obligación para los titulares de las estaciones de servicio de instalar de manera progresiva una infraestructura de recarga eléctrica en un plazo de 21 o 27 meses desde la entrada en vigor de la norma dependiendo del volumen de ventas de la estación de servicio. Sobre esta obligación, la CNMC ha planteado la necesidad de matizar que debiera venir referida más a una obligación de poner a disposición su instalación para la ubicación de, al menos, un punto de recarga eléctrica que una obligación de instalación.

El PLCCTE establece una obligación de reporting para los titulares del servicio de recarga sobre el precio de venta al público y el inventario de puntos operados, si bien la CNMC ha advertido en su Informe que no se ha tipificado su incumplimiento.

Por último, se prevé la creación del Punto de Acceso Nacional de información de tráfico que proporcionará en tiempo real la información de los puntos de recarga eléctrica para vehículos y se modifica el Código Técnico de la Edificación, para recoger obligaciones relativas a la instalación de puntos de recarga de vehículo eléctrico en edificios de nueva construcción y el régimen de intervención sobre edificios existentes.

En el ámbito del transporte marítimo, cabe destacar el horizonte 2050 como hito temporal para alcanzar el objetivo de cero emisiones directas en los puertos de competencia del Estado. Sobre este punto, destaca la CNMC la falta de concreción de un análisis coste-beneficio económico de esta transición que permita mantener la competitividad portuaria.

Desinversión en productos energéticos de origen fósil

El PLCCTE refuerza la apuesta por seguir reduciendo el protagonismo de los productos energéticos fósiles mediante el fomento, en primer lugar, de los gases renovables, incluyendo el biogás, el biometano, el hidrógeno y otros combustibles en cuya fabricación se hayan utilizado exclusivamente materias primas y energía de origen renovable o que permitan la reutilización de residuos orgánicos o subproductos de origen animal o vegetal.

Este objetivo se encuentra asimismo detrás de la decisión de no otorgar en todo el territorio nacional nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación o concesiones de explotación de hidrocarburos ni nuevas autorizaciones para la realización de actividades de explotación de hidrocarburos mediante la utilización de fracturación hidráulica de alto volumen o fracking. En relación con las concesiones de explotación ya otorgadas, dispone que cinco años antes del final de su vigencia su titular presentará ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico un informe que refleje el potencial de reconversión de sus instalaciones para otros usos o para otras actividades económicas, en particular aquellas relacionadas con el establecimiento de energías renovables.

El PLCCTE obliga a la elaboración de un estudio del estado de situación y una propuesta de calendario para que las entidades que conforman el sector público estatal se desprendan de su participación en empresas o entidades cuya actividad incluya la extracción, refinado o procesado de productos energéticos fósiles.

Dotación de recursos para luchar contra el cambio climático

El PLCCTE prevé que deberá aplicarse a los objetivos establecidos en materia de cambio climático y transición energética, al menos, un porcentaje de los Presupuestos Generales del Estado equivalente al acordado en el marco financiero plurianual de la Unión Europea. Las dotaciones correspondientes se determinarán anualmente en el marco de la elaboración de los Presupuestos Generales.

Adicionalmente, prevé la aplicación de los ingresos procedentes de las subastas de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero a los referidos objetivos.

Neutralidad climática sin dejar a nadie atrás

Cada cinco años, el Gobierno ha de aprobar una Estrategia de Transición Justa con la participación de las Comunidades Autónomas y los agentes sociales.

En su marco, se desarrollarán los convenios de transición justa en cada zona, con el objeto fomentar la actividad económica y la empleabilidad en el territorio, especialmente, en casos de cierre o reconversión de instalaciones. Entre otras cuestiones, incluirán un calendario para la adopción de las medidas con objetivos medibles y mecanismos de seguimiento y podrá incluir el acceso prioritario a una parte o la totalidad de la capacidad de evacuación eléctrica, así como el derecho prioritario al uso y volumen de agua de aquellas concesiones que queden extinguidas tras el cierre de instalaciones de generación de energía eléctrica.

En este sentido, y dada la relevancia que juega el despliegue de renovables y la evacuación de la energía generada en este proceso de transición energética, convendría que el Gobierno detallara en qué se va a traducir ese acceso prioritario a la evacuación eléctrica y al uso prioritario de las concesiones de agua. La CNMC también se planteó, en su informe de 9 de marzo de 2020, que este trato prioritario podría reforzar determinadas posiciones empresariales que pudieran impedir o limitar el acceso a la actividad de generación por parte de nuevos actores en cada región y, sin embargo, no se ha precisado este punto en el texto finalmente remitido al Congreso de los Diputados.

Educación y capacitación frente al cambio climático

Se revisará el tratamiento del cambio climático en el currículo básico de la educación formal y no formal, y se impulsará la formación del profesorado.

Por otro lado, el Gobierno promoverá que las Universidades revisen del tratamiento del cambio climático en los planes de estudios en los que proceda y mantendrá permanentemente actualizado el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, así como el catálogo de ofertas formativas en el ámbito de la Formación Profesional, para favorecer la capacitación de perfiles profesionales vinculados a la sostenibilidad medioambiental y del cambio climático.

Por otro lado, se promoverá una financiación adecuada de las prioridades en materia de investigación, desarrollo e innovación de cambio climático y transición energética que se incluyan en las sucesivas Estrategias españolas de Ciencia y Tecnología y de Innovación.

Gobernanza climática

Se crea un Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética como principal órgano encargado de la gobernanza climática, cuyo funcionamiento se determinará reglamentariamente. Asimismo, se recogen una serie de medidas en el marco de la gobernanza, entre las que destaca el fomento de la participación pública y la creación de una página web actualizada con información relevante para el acceso de los ciudadanos.