Perspectivas

Principales impactos incluidos en la iniciativa de ley de reforma fiscal –Parte I–

Opinión

Por Mario Coyoy, Director de Impuestos y Precios de Transferencia, Deloitte

Recientemente ha formado parte de los titulares que el Ejecutivo ha planteado al Congreso de la República, una iniciativa de Ley que pretende una reforma fiscal, la cual busca incrementar la recaudación tributaria en más de Q5 mil millones, y de esta manera poder financiar los distintos proyectos que pretenden reducir las brechas sociales en nuestro país.

Al respecto, creo que vale la pena comentar que una reforma fiscal sin antes depurar las dependencias del Estado, sin ampliar la base tributaria, sin tomar en consideración un análisis integral de los actores económicos en el país, sin un buen control en aduanas, sin transparentar 100% las compras y contrataciones… es en mi opinión, una mala decisión y una posible bomba de tiempo para el presente Gobierno. No obstante lo anterior, en esta y las próximas publicaciones no analizaré la justificación sobre la iniciativa, sino que analizaré los cinco pilares fundamentales que se pretenden reformar, que son: I. Modificaciones al Impuesto sobre la Renta –ISR-, II. Modificaciones al Impuesto de Distribución de Petróleo –IDP-, III. Impuesto al Cemento, IV. Modificación a las regalías mineras y V. Otras modificaciones. Comencemos a describir cada pilar:

I. Modificaciones al ISR: El Ejecutivo pretende llevar a cabo cambios en los tipos impositivos, así como en la determinación de la renta imponible del ISR, tanto de las actividades lucrativas (empresas) como de las rentas de trabajo en relación de dependencia (asalariados). Respecto al ISR de las empresas, el Ejecutivo evalúa incrementar la tarifa del 25% al 29% en el régimen sobre utilidades, y del 7% al 12% en el régimen sobre ingresos, a partir de una base imponible Q250 mil para este último caso.

Por otra parte, en las rentas de trabajo se pretende volver a adoptar la modalidad impositiva establecida en el Decreto 26-92 y sus reformas, en donde se establecía una escala progresiva de tarifas de acuerdo a la renta imponible correspondiente; es decir, que la modificación que sufrirían los tipos impositivos es que actualmente se encuentran vigentes las tasas del 5% y 7% según el monto de la renta imponible, y se propone que los mismos sean del 15%, 20%, 25% y 29% más el monto fijo establecido para cada categoría de renta imponible. No obstante lo anterior, los empleados en relación de dependencia, podrán acreditar el Impuesto al Valor Agregado –IVA- a cuenta del pago del ISR determinado, por lo que en teoría, el aumento no será tan impactante; sin embargo, hace falta esperar que tanta limitación genera, ya que a diferencia del Decreto 26-92 y sus reformas, en esta iniciativa solamente se permitirá acreditar el 50% de ese crédito fiscal y aparte no será calculado sobre los ingresos del asalariado, sino sobre su renta imponible lo cual limita totalmente al empleado, porque ¿qué pasa si compra una casa o un carro a plazos? Seguro se perdería el crédito por IVA.

Esta propuesta de cambio en el ISR de asalariados busca que los contribuyentes apoyen la actividad recaudadora del Estado, a través de la solicitud de las facturas correspondientes para poder acreditarse el IVA mediante la presentación de la planilla que contenga el detalle de las adquisiciones efectuadas en el periodo impositivo de que se trate, y evitar así que su patrono, en su función de agente de retención, retenga el ISR no acreditado en la liquidación anual de dicho impuesto.

Definitivamente la propuesta de reforma tributaria en el ISR contiene temas relevantes que deben ser analizados, para anticipar el posible impacto que esto tendría en las proyecciones financieras de las compañías, en el caso del incremento en los tipos impositivos del ISR de las empresas, así como en los presupuestos de los contribuyentes que tributan a través de las retenciones efectuadas por su patrono, por rentas de trabajo en relación de dependencia. Continuamos la próxima semana, comentando acerca del segundo pilar, el cual trata sobre el ajuste que se pretende realizar al Impuesto Sobre Distribución de Petróleo –IDP-. Que Dios los bendiga.

 

 

 

 

Publicado en lahora.gt

22 de agosto de 2016

Did you find this useful?