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Perspectivas

IVA crédito mayor a IVA débito ¿Debe este escenario generar auditorías de SAT?

Opinión

Por Mario Coyoy, Director de Impuestos y Precios de Transferencia, Deloitte

En el pasado, varios contribuyentes han recibido una notificación por parte de SAT, en la cual se solicita un listado importante de información sobre su cumplimiento tributario, el cual, uno de esos puntos requeridos, se refiere a que el contribuyente presente una justificación documentada de las razones por las cuál está comprando más de lo que vende, firmada por el contribuyente o su representante legal. Este punto nos hace pensar que SAT desea indagar por qué algunos contribuyentes están reportando reiteradamente en forma mensual, un monto de crédito fiscal de IVA mayor que sus débitos de IVA generados en las ventas.

Que una compañía tenga mayores compras que ventas es en muchos casos, totalmente normal, por lo que en mi opinión, SAT no debería estar preocupada por esa situación, al menos en la mayoría de casos. Por mencionar algunos ejemplos, los contribuyentes que normalmente tienen mayores créditos de IVA que débitos son: 1) aquellos que realizan su inversión inicial al comenzar operaciones y compran activos, mercadería, etc., 2) aquellos que exportan bienes o servicios, 3) aquellos que deben comprar su inventario en cierta época del año para luego venderlo durante el transcurso del año, 4) empresas de construcción o desarrollo inmobiliario, 5) empresas del sector agropecuario, por las compras de semillas, abono, etc., y así podría seguir comentando varios ejemplos de contribuyentes que tendrán esta situación muchas veces en su contabilidad y Declaraciones de IVA, lo cual no debería generar ningún problema.

No obstante lo anterior, la Ley del IVA, Decreto 27-92 y sus reformas, en su artículo número 40 establece en su último párrafo que los contribuyentes que presenten operaciones de ventas gravadas y exentas, menores que las compras de bienes y las de adquisiciones de servicios, durante tres periodos impositivo consecutivos, deberán acompañar a la declaración, una justificación documentada de las razones por las cuales están comprando más de lo que venden. Siendo que prácticamente todos los contribuyentes presentan sus Declaraciones de IVA en forma electrónica usando Declaraguate, esa justificación documentada no se puede adjuntar a la Declaración, por lo tanto, muchos contribuyentes actualmente no han podido informar a SAT de su situación y es muy probable que este incumplimiento sea lo que esté generando que SAT notifique dicho requerimiento y realice una auditoría de campo a estas entidades.

Derivado de lo anterior, podríamos concluir que por el solo hecho de estar en el escenario de tener más crédito fiscal de IVA que débito de IVA, no debería generar auditorias de SAT, sin embargo, si la compañía no informa de su situación luego de pasados tres períodos impositivos en el mismo escenario, podría generar que SAT realice y notifique este tipo de requerimientos extensos. Por lo tanto, cada compañía que se encuentre en esta situación, debería evaluar el presentar dicha justificación ante SAT por medio de un escrito, lo cual en mi opinión, podría reducir las probabilidades (aunque en porcentaje incierto) de una auditoria por parte SAT. No es secreto que dichas auditorías generan en muchas ocasiones, invertir tiempo y recursos que podrían ser utilizados en otras actividades, por ejemplo, generar más negocios.

Publicado en lahora.gt

22 de mayo de 2017

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