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Activos virtuales

¿Por qué preocupan a Banxico?

Hace poco más de un año, el 9 de marzo de 2018, fue publicada, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, mejor conocida como Ley Fintech.

Entre las actividades que se dispuso regular con esta legislación está el uso de activos virtuales, a las que la ley define como la representación de valor registrada electrónicamente y utilizada entre el público como medio de pago, cuya transferencia únicamente puede llevarse a cabo a través de medios electrónicos.

En entrevista con Carlos Orta, Socio de Risk Advisory en Deloitte México.

Ciudad de México, 15 de abril de 2019.

La teoría estaba lista, pero, ¿y la práctica? ¿cómo se definiría? Para ello, la Ley Fintech estableció que el Banco de México (Banxico) sería el encargado de emitir las disposiciones que determinarían la forma en la que estos activos podrían ser utilizados y sus características, medidas que fueron publicadas el pasado 8 de marzo, a través de la circular 4/2019.

En el documento, la institución señala los riesgos que actualmente existen al operar con activos virtuales, a los que califica de volátiles, costosos y difícilmente escalables, y se muestra un tanto cautelosa en relación con las operaciones que se pueden hacer con ellos y con quiénes se pueden ejecutar.

Por otro lado, Banxico subraya los riesgos que enfrentan los tenedores de estos activos, principalmente, por dos razones: la complejidad de la tecnología que los soporta y el desconocimiento que la mayoría tiene sobre la funcionalidad y sobre los problemas que se pueden presentar, los cuales pueden poner en peligro los recursos invertidos.

En ese sentido, una de sus principales preocupaciones es que pueda haber personas que no estén bien informadas sobre el tema y que ya se encuentren invirtiendo, comprando o vendiendo alguno de estos activos virtuales, sin conocer siquiera cuáles son las razones que le otorgan un valor.

Otra de las cuestiones que inquieta al banco central es que, si estas operaciones se llevan a cabo dentro del sistema financiero, a través de alguna institución de crédito o de tecnología financiera, ello podría generar que la gente perciba que los riesgos son menores a los que verdaderamente existen, debido a que se realizan en entidades reguladas, lo que, al final de cuentas, puede afectar a la reputación de algunas instituciones.

Finalmente, Banxico precisa que los activos virtuales pueden conllevar un riesgo muy importante en materia de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, por la facilidad que tienen estos activos para ser transferidos otros países, así como la falta de medidas de prevención homogéneas que se registra a nivel global.

Sin embargo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Públicos (SHCP) emitió, hace ya un tiempo, una serie de disposiciones para la prevención de lavado que puede llevarse a cabo con activos virtuales.

Por ahora, la postura de Banxico es cautelosa y reservada con relación al uso de activos virtuales, la pregunta importante en ese sentido es si se mantendrá de esta forma o si podríamos observar un cambio en el discurso.

La volatilidad, el costo, la asimetría de la información y el nivel de riesgo son algunos de los factores que Banco de México ha manifestado para que se mantenga una sana distancia entre el sistema financiero y sus usuarios al realizar operaciones con activos virtuales.

No a las operaciones con el público, sí a las internas

Una de las disposiciones establecidas por el Banco de México que ha generado mayor número de reacciones entre las empresas que realizan operaciones con activos virtuales es la decisión de limitar su ejecución a procesos internos.

Esto quiere decir que las compañías de este sector, por ahora, tienen prohibido ofrecer a sus clientes servicios de intercambio o transmisión de activos virtuales –que constituyen una de sus principales ofertas–.

En contraste, sí pueden hacer esto, pero de manera interna, para lo cual, las instituciones interesadas deben cumplir con los términos, condiciones y restricciones que la regulación establece.

Entre ellas, están la presentación de información específica ante Banxico, así como el cumplimiento interno de diversos requisitos en materia de riesgo, como identificar sus fuentes, la manera en la que se medirá la exposición a éste y la asignación de recursos para administrarlo.

Asimismo, las compañías requieren la evaluación de un tercero independiente, quien se encargará de elaborar un informe de cumplimiento del total de las disposiciones, una actividad en la que las organizaciones deberán ser muy cuidadosas.

Disposiciones oficiales: se aceptan sugerencias

Las disposiciones emitidas por Banxico respecto a la operación de activos virtuales entraron en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 9 de marzo. Sin embargo, esto no quiere decir que éstas serán las medidas definitivas sobre el tema.

Dentro de la circular en la que se establecieron las disposiciones, el instituto emisor otorgó un plazo de 60 días hábiles bancarios, posterior a su publicación, para que cualquier interesado pueda enviar comentarios sobre su contenido.

Solo durante los primeros días de abril, las observaciones hechas a través de la página web de Banxico, las cuales pueden ser consultadas por cualquier particular, ya superaban las 40. Lo anterior representa una buena noticia para las empresas que realizan operaciones con activos virtuales, pues abre la puerta a un posible cambio futuro en la regulación.

Lo más seguro es que el banco central tome en cuenta este proceso de consulta y las posturas emitidas por el gremio para realizar ciertos ajustes a las disposiciones, no obstante, esto dependerá de la manera en la que se vayan solventando los riesgos en la materia.

Por el momento, Banxico considera que son más los riesgos que los beneficios que la población en general obtiene al operar con activos virtuales. La flexibilización de su postura dependerá, en gran parte, del trabajo que hagan las organizaciones por mitigar los peligros que actualmente el banco central observa latentes.

La diversidad de la experiencia internacional

A nivel global, existe una gran discrepancia sobre la forma en la que se regulan los activos virtuales. En algunos países, las operaciones con este tipo de activos están prohibidas, mientras que, en otros, no existe ningún tipo de regulación, pues no se consideran un riesgo para el sistema financiero.

Por otro lado, existen jurisdicciones en las que la única regulación que tienen los activos virtuales es la relacionada con los temas de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, como en la Unión Europea (UE), y otras, como México, en las cuales existen disposiciones sobre qué tipo de activos virtuales pueden utilizarse en el sistema y la manera en la que pueden emplearse.

En ese sentido, será fundamental que las instituciones encargadas de regular las operaciones con este tipo de activos tomen lo mejor de las experiencias alrededor del mundo y lo utilicen para definir la estrategia a seguir y determinar si continúan por el mismo camino o deciden cambiar de rumbo.

Por el momento, Banxico considera que son más los riesgos que los beneficios que la población en general obtiene al operar con activos virtuales.

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