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¿Hacia una regulación necesaria?

Desde octubre de 2016, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que se encontraba trabajando en una regla de comercio exterior que le permitiera regular el esquema de facilidades para empresas de comercio electrónico y paquetería.

¿La razón? Que en los últimos años detectó que gran parte de las incidencias de mercancía apócrifa reportadas provenían de las actividades de e-commerce, que en la actualidad representan cerca de 300 millones de dólares en valor de mercancías, con un crecimiento de dos dígitos cada año, según datos del SAT.

Ciudad de México, 11 de julio de 2017.

Las autoridades fiscales buscan combatir las irregularidades derivadas de esta actividad, como son el envío de mercancía apócrifa, el falseamiento de facturas, la evasión de impuestos, entre otras.

Sin embargo, el combate a la piratería no es la única razón por la que las autoridades fiscales buscan regular el comercio electrónico. En una entrevista reciente, el titular de la Administración General de Aduanas, Ricardo Treviño Chapa, señaló otras irregularidades derivadas de esta actividad que les preocupan, como operaciones no se registradas, falseamiento de facturas, subvaluación de la mercancía y evasión de impuestos.

En ese sentido, recalcó el hecho de que del total de productos que entran al país por mensajería o paquetería, 65% no paga impuestos, porque declaran ser operaciones menores a 50 dólares, que es el monto máximo permitido para importar libre del gravamen.

De hecho, tres de cada cinco compradores mexicanos en línea adquirieron productos de un comerciante minorista internacional durante 2015, siendo Estados Unidos el principal proveedor de artículos importados, de acuerdo con el Estudio Comercio Electrónico en México 2016, de la Asociación Mexicana de Internet.

No hay duda, el e-commerce, como en su momento precisó la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), representa un reto para los sistemas legales vigentes de todos sus países miembros.

El organismo es claro al subrayar que las empresas involucradas en el comercio electrónico no deben realizar ninguna declaración, incurrir en alguna omisión, o comprometerse en alguna práctica que resulte falsa, engañosa, fraudulenta o desleal.

Las compañías, precisa la OCDE, no deben aprovecharse de las características especiales del e-commerce para ocultar su verdadera identidad o ubicación, o para evadir el cumplimiento de las normas de protección al consumidor o los mecanismos de aplicación de dichas normas.

Estas recomendaciones, aunadas al crecimiento que el comercio electrónico ha tenido en nuestro país –alcanzando a 37% de los internautas mexicanos, según datos de la Asociación Mexicana de Internet– deben de servir como punto de partida para labrar el camino hacia la regulación de este tipo de actividades.

Tres de cada cinco compradores mexicanos en línea adquirieron productos de un comerciante minorista internacional durante 2015.

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