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Análisis
El impacto de las reformas a la Ley del Mercado de Valores y la Ley de Fondos de Inversión
El pasado 15 de noviembre, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de 452 votos a favor el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores y de la Ley de Fondos de Inversión.
Por el impacto que estas reformas pueden traer consigo, les presentamos un breve análisis sobre cuáles son los principales cambios realizados a ambas legislaciones, así como sus posibles implicaciones:
Ley del Mercado de Valores
Esta reforma tiene como objetivo simplificar los trámites, tiempos y costos para que las pequeñas y medianas empresas (pyme) puedan acceder a mejores condiciones al financiamiento en el mercado de valores.
En términos generales, establece:
- Un modelo de inscripción simplificada de valores, con el objetivo de facilitar a las empresas medianas y pequeñas participar en el mercado bursátil mediante oferta pública de valores representativos de deuda o de capital. Bajo esta modalidad, solo pueden participar en las emisiones inversionistas institucionales y calificados. Por otro lado, las casas de bolsa y bolsas de valores tomarán la responsabilidad de verificar que las pyme cumplan con los todos los requisitos necesarios para realizar una emisión pública.
- Una serie de modificaciones al régimen de las Sociedades del Mercado de Valores, las cuales incluyen cambios relevantes a las disposiciones relacionadas con el régimen aplicable a las Sociedades Anónimas Bursátiles (SAB) y a las Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión Bursátil (SAPIB). A través de los nuevos ajustes, se busca brindar mayor flexibilidad corporativa a las emisoras de acciones bajo las figuras SAB y SAPIB al proponer, entre otros aspectos, eliminar la prohibición de emitir acciones representativas de su capital social con derechos diferenciados y la obligación que tenía una SAPIB de convertirse en SAB en un plazo de 10 años.
De igual forma, esta reforma contempla otros aspectos relevantes, entre los que destacamos:
- La eliminación del requisito de actualización previa de la inscripción en el Registro Nacional de Valores para llevar a cabo capitalizaciones o llamadas de capital.
- La introducción de la obligación legal para emitir regulación secundaria en materia ambiental, social y de gobernanza (ASG).
Ley de Fondos de Inversión
La principal modificación correspondiente a esta legislación consiste en la desaparición de los Fondos de Inversión de Objeto Limitado, así como el reconocimiento y regulación de la figura de fondos de inversión de cobertura, también conocidos como “hedge funds”. Lo anterior tiene el objetivo de mejorar las prácticas de gestión en materia de riesgos y fomentar una mejor administración de activos, lo que derivará en mejores rendimientos.
Luego de un largo camino recorrido desde su aprobación por el Pleno del Senado, el pasado 29 de abril, existen grandes expectativas respecto a esta reforma a la Ley de Fondos de Inversión por su alcance y contenido. Desde nuestra perspectiva, estos los principales cambios y sus impactos:
- El concepto de autorregulación se hace presente y esto trae consigo una mayor flexibilidad al ecosistema de financiamiento bursátil.
- La iniciativa de reforma atiende los retos identificados desde diversos frentes, promoviendo una distribución más profunda de facultades y responsabilidades.
- Se espera un impacto positivo en materia de inclusión financiera, así como en el alto número de empresas que podrían verse beneficiadas.
- Se incrementan las opciones de financiamiento para las pyme y se generan mayores oportunidades de diversificación para los inversionistas.
- Se promueven las prácticas de inversión responsable.
- Los cambios a la Ley de Fondos de Inversión promueven la adopción de mejores prácticas a nivel internacional, lo cual propiciará la transparencia y podría generar mayores rendimientos para los inversionistas.
Ahora bien, ¿qué sigue después de la aprobación de los cambios a esta legislación? Conocer a detalle los aspectos de esta iniciativa, los cuales estarán descritos en la regulación secundaria que redactará la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
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