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Reforma a la multa para las empresas que no se afilien al FONACOT
Flash Legal 15/2024
El 4 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo.
Con dicha reforma, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social podrá sancionar a los patrones que no cumplan con la obligación consistente en afiliar a su centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT) con una multa que puede ir de las 50 a 1500 Unidades de Medida y Actualización (UMAs).
Amendment to the fine for companies that do not affiliate to the FONACOT
On April 4, 2024, the Decree reforming Section III of Article 994 of the Federal Labor Law was published in the Official Gazette of the Federation.
With this reform, the Ministry of Labor and Social Welfare may impose sanctions on employers who fail to fulfill the obligation to affiliate their workplace with the National Fund for Worker Consumption (FONACOT), with a fine ranging from 50 to 1500 Units of Measurement and Update (UMAs).
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