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Subcontratación de personal está prohibida en general, por vulnerar derechos de trabajadores y evadir obligaciones fiscales
Flash Legal 07/2023
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el Amparo en Revisión 687/2022 donde se reitera que la subcontratación de personal está prohibida de manera general y que, excepcionalmente, solo se autoriza la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas en términos de lo que establece la legislación laboral vigente.
En sus argumentos, la SCJN reafirmó que la reforma tuvo como objetivo prevenir prácticas indebidas de algunos patrones en materia laboral, de seguridad social, fiscal y penal, así como proteger a los trabajadores subcontratados, esto siguiendo las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y tomando como base el derecho comparado en América Latina y Europa.
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