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Boletín Legal Laboral

Boletín semanal | 02 de mayo, 2022

Decreto Supremo N° 041-2022-PCM (fecha de publicación: 23.04.2022)

Mediante el presente Decreto Supremo se prorroga el Estado de Emergencia Nacional como consecuencia de la Covid-19 y se establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social, estableciendo los siguientes puntos:

1.    Prorrogar el Estado de Emergencia Nacional, debido a las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la Covid-19, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, cuya vigencia es a partir del 1 de mayo de 2022.

Se precisa que, durante el Estado de Emergencia Nacional se restringen los derechos constitucionales concernientes a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, estipulados en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2° y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú.

2.    Modificar el artículo 3° del Decreto Supremo N°016-2022-PCM, en el siguiente extremo:

2.1. El retorno al trabajo presencial de los servidores civiles vacunados contra la Covid-19.

2.2. Continuar con trabajo remoto o mixto los servidores civiles con factores de riesgo, de acuerdo con la necesidad del servicio y la evaluación clínica.

2.3. Dejar sin efecto la medida de distanciamiento físico o corporal de un (1) metro de distancia en las instituciones educativas.


3.    Modificar el artículo 4° del Decreto Supremo N°016-2022-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM, en el siguiente extremo:

3.1. El uso de mascarillas en espacios abiertos es opcional, en los departamentos que tengan el 80% de cobertura de vacunación contra la Covid-19 de personas de 60 años a más con 3 dosis y el 80% de cobertura de vacunación contra la Covid-19 de personas de 12 años a más con 2 dosis, siempre que se garantice el distanciamiento físico o corporal.
 

4.    Modificar el artículo 7° del Decreto Supremo N°016-2022-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM, en el siguiente extremo:

4.1. El ingreso de los mayores de 5 años a los coliseos y estadios deportivos, siempre que presenten su carné físico o virtual que acredite haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, la primera y segunda dosis de vacunación contra la Covid-19. Para los mayores de 18 años, adicionalmente, se requerirá la tercera dosis.
 

Decreto Supremo que modifica el artículo 1 del Decreto Supremo No 012-2014-TR y el artículo 112 del Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo

Mediante Por Decreto Supremo N° 006-2022-TR se dispone lo siguiente:

1.    Modificar el Registro Único de Información sobre accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales, el mismo que quedará conformado por los Formularios:
“Notificación de Accidentes de Trabajo Mortales”,
“Notificación de Accidentes de Trabajo no Mortales”,
“Notificación de Incidentes Peligrosos”; y,
“Notificación de Enfermedades Ocupacionales”, así como las respectivas tablas maestras, las cuales están adjuntas.

2.    En aquellas zonas geográficas en las que no exista acceso a Internet, con carácter excepcional, se usaran formatos físicos. Los referidos formularios son remitidos por los empleadores y los centros médicos asistenciales, en forma impresa y debidamente completados, a la Autoridad Administrativa de Trabajo en los plazos que correspondan.

3.    En el plazo no mayor de 30 días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano del presente Decreto Supremo, el MTPE aprueba, mediante resolución ministerial, los Manuales de Usuario del Sistema Informático de Notificación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales.

4.    Este Decreto Supremo entra en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de la Resolución Ministerial que apruebe los Manuales de Usuario del Sistema Informático de Notificación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales.
 

Decreto Supremo N° 006-2022-TR (Fecha de Publicación: 28.04.2022)

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