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Boletín Legal Laboral

Boletín semanal | 09 de mayo, 2022

Amplían plazo para la recepción de sugerencias, comentarios o recomendaciones de empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones; de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general, al documento denominado Anteproyecto del Código del Trabajo

Por Resolución Ministerial N° 109-2022-TR se amplía el plazo para la recepción de sugerencias, comentarios o recomendaciones de empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones; de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general, al documento denominado Anteproyecto del Código del Trabajo por el plazo de veinte (20) días calendario adicionales.

Las sugerencias, comentarios o recomendaciones sobre el documento denominado Anteproyecto del Código del Trabajo deben ser remitidas al correo electrónico codigodeltrabajo@trabajo.gob.pe

Resolución Ministerial N° 109-2022-TR (Fecha de Publicación: 04.05.2022)

Se modifica la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, con la finalidad de facilitar la recepción documental digital

Mediante la presente Ley N° 31565, se modifica la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, con la finalidad de facilitar la recepción documental digital, modificando los siguientes artículos:

- El artículo 113 sobre requisitos de los escritos precisando que todo escrito que se presente ante cualquier entidad deberá contener, además, el correo electrónico o, de ser el caso, la casilla electrónica; de conformidad con el artículo 20° de la Ley N° 27444.

- El artículo 117 sobre recepción documental precisando toda entidad administrativa contará con una mesa de partes digital, cuyo horario de atención será las veinticuatro (24) horas, los siete (7) días de la semana; de conformidad con los alcances de la Ley N° 31170.

- El artículo 123 sobre recepción por transmisión de datos a distancia, señalando que en tanto se implementen las mesas de parte digital, se deberá facilitar el empleo de sistemas de transmisión de datos a distancia para la recepción de documentos o solicitudes y remisión de las decisiones de las entidades administrativas a sus administrados, bajo la supervisión de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros o la que haga sus veces. Para tales efectos, no será necesario la posterior presentación física de la documentación remitida al emplear medios de transmisión de datos a distancia.

Cabe precisar que las modificaciones a la normativa antes señaladas entran en vigencia a partir del jueves 5 de mayo del presente año 2022.

 

Ley N° 31565 (fecha de publicación: 04.05.2022)

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